15 DE JUNIO DE 1973 .- Apruebase el presupuesto adicional para la Junta Nacional de Desarrollo Social, dependiente de la Presidencia de la Republica.
DECRETO SUPREMO Nº 10920
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 10667 de 29 de diciembre de 1972, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para 1973, en el que no fue consignado el presupuesto para la financiación de obras sociales para la Junta Nacional de Desarrollo Social, dependiente de la Presidencia de la República.
Que, mediante D.S. N° 010457 de 8 de septiembre de 1972 se dispuso la emisión de series filatélicas especiales y de cuya venta favorecerá a la Junta Nacional de Desarrollo Social en un porcentaje del 40% a cuyo cargo se imputará el presupuesto adicional por la suma de $b. 600.000.- y que fuera adelantado mediante un avance de cuenta solicitado al Banco Central de Bolivia, previa R.S. dictada al respecto.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional para la Junta Nacional de Desarrollo Social, dependiente de la Presidencia de la República para su vigencia en la presente gestión por la suma de $b. 600.000.-, de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS
(Pesos Bolivianos)
FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:
Codigo | F u e n t e | Presupuesto Adicional 1 9 7 3
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1 | NACIONALES | 600.000.-
2.- | RECURSOS PROPIOS | 600.000.-
Participación en Emisión de Estampillas | 600.000.-
T o t a l | 600.000.-
EGRESOS
(En Pesos Bolivianos)
CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:
Codigo | D e s c r i p c i ó n | Presupuesto Adicional 1 9 7 3
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300 | MATERIALES Y SUMINISTROS | 180.000.-
340 | SUMINISTROS TECNICOS | 180.000.-
341.2 | Materiales y Articulos Médicos
Quirurgicos y de Laboratorio | 180.000.-
400 | ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS | 420.000.-
430 | MAQUINARIA Y EQUIPO | 420.000.-
431.2 | Equipo de Oficina y Muebles | 140.000.-
434.2 | Equipo Medico, Odontológico y Sanitario | 280.000.-
T o t a l: | 600.000.-
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas, Transportes y Comunicaciones y Ministro Secretario de la Presidencia de la República, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de junio de mil novecientos setenta y tres años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Wálter Castro Avendaño, Jesús Vía Soliz, Julio Prado Salmón, Germán Azcárraga Jiménez, Ambrosio García Rivera, Luis Leigue Suárez, Jaime Tapia Alipaz, Guillermo Fortún Suárez, Alberto Natusch Busch, Ramón Azero Sanzetenea, Roberto Capriles Gutiérrez, Javier Bedregal Gutiérrez, Juan Pereda Asbún, Jaime Caballero Tamayo, Mario Escobari Guerra.