11 DE JULIO DE 1973 .- Autorízase al Banco Central de Bolivia, otorgar un crédito al Ministerio de Finanzas .
DECRETO SUPREMO Nº 10976
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Supremo N° 09437 de 4 de noviembre de 1970, se destinó a la Escuela Normal Superior “Simón Bolívar” el edificio ocupado por la Dirección General de Aduanas, comprendido entre la Plaza Antofagasta y las Avenidas Perú y Montes, de la ciudad de La Paz;
Que, como emergencia de dicha disposición, la Dirección General de Aduanas quedó sin local y se vió en la necesidad de trasladar a oficinas alquiladas en diferentes sitios de la ciudad, las mismas que no reunen las condiciones requeridas para el normal funcionamiento de sus reparticiones administrativas y técnicas y no brindan una atención efectiva al público contribuyente;
Que, el presupuesto asignado a la Dirección General de Aduanas, contempla en el Código 251, “Alquiler de edificios y terrenos” la cuota parte para el pago de alquileres, suma que alcanza a $b. 500.000.- anual, para los edificios Tobía, The Strongest, Centro Aduanero y otros;
Que, dichos fondos pueden ser utilizados para amortizar un crédito destinado a la adquisición de un edificio propio y adecuado para la Dirección General de Aduanas, con el beneficio de eliminar de su presupuesto una erogación indefinida por concepto de pago de alquileres;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Banco Central de Bolivia, otorgar un crédito al Ministerio de Finanzas hasta la suma de ($b.--7.800.000.-) SIETE MILLONES OCHOCIENTOS MIL oo/100 PESOS BOLIVIANOS, para el pago por la adquisición del Edificio Asbún Gamra, ubicado en la calle Potosí N° 940-944 de esta ciudad, a una taza del seis por ciento (6%) anual y un plazo de veinte años;
ARTÍCULO 2- El préstamo será cubierto por el Ministerio de Finanzas, mediante amortización con los fondos asignados anualmente al Presupuesto de la Dirección General de Aduanas para el pago de alquileres;
ARTÍCULO 3.- Deróganse las disposiciones contrarias al presente Decreto.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de julio de mil novecientos setenta y tres años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Wálter Castro Avendaño, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Luis Bedregal Rodo, Germán Azcárraga Jiménez, Ambrosio García Rivera, José Serrate Aguilera, Jaime Tapia Alipaz, Guillermo Fortún Suárez, Alberto Natusch Busch, Ramón Azero Sanzetenea, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño, Juan Pereda Asbún, Jaime Caballero Tamayo, Julio Prado Salmón, Mario Escobari Guerra.