11 DE JULIO DE 1973 .- Amplíase los alcances del Decreto Supremo N° 10799 de fecha 6 de abril de 1973 a la exportación de cien mil (100.000.-) parrilleros de un día a la República de Chile, durante el presente año, siempre que previamente se cubra el mercado nacional.
DECRETO SUPREMO Nº 10980
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Instituto Boliviano de Promoción a las Exportaciones (INBOLTEX) ha solicitado liberación del impuesto del 15% a las exportaciones de pollitos parrilleros de un día (Pollitos BB) producidos por la Asociación Nacional de Incubadores;
Que, es necesario incentivar y cooperar la industria avícola, asegurándole mercados y precios competitivos, más aún si ésta tiene compromisos con mercados en el exterior;
Que, el Decreto Supremo N° 10799, de fecha 6 de abril de 1973, exonera el pago del Impuesto Nacional a las exportaciones, establecido en el inciso d) del Art. 22 del Decreto Ley N° 10550, de varios productos de exportación no tradicional.
EN CONSEJO DE MINISTROS Y CON DICTAMEN FAVORABLE DEL CONSEJO NACIONAL DE ECONOMIA Y PLANIFICACION,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Amplíase los alcances del Decreto Supremo N° 10799 de fecha 6 de abril de 1973 a la exportación de cien mil (100.000.-) parrilleros de un día a la República de Chile, durante el presente año, siempre que previamente se cubra el mercado nacional.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Industria, Comercio y Turismo, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de julio de mil novecientos setenta y tres años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Wálter Castro Avendaño, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Luis Bedregal Rodo, Germán Azcárraga Jiménez, Ambrosio García Rivera, José Serrate Aguilera, Jaime Tapia Alipaz, Guillermo Fortún Suárez, Alberto Natusch Busch, Ramón Azero Sanzetenea, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño, Juan Pereda Asbún, Jaime Caballero Tamayo, Julio Prado Salmón, Mario Escobari Guerra.