04 DE SEPTIEMBRE DE 1973 .- Prorroga plazo para el estudio del diferendo limítrofe de los departamentos del Beni y Cochabamba por 60 días.
DECRETO SUPREMO Nº 11056
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Decreto Supremo Nº 10960 de fecha 10 de julio del año en curso se ha creado la Comisión Mixta para el estudio del diferendo limítrofe entre los departamentos de Cochabamba y el Beni.
Que, el plazo fijado por el Art. 1º del Decreto Supremo de referencia, ha resultado insuficiente en la práctica debido a múltiples causas.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Prorrógase el plazo para el estudio del diferendo limítrofe entre los departamentos de Cochabamba y el Beni por otro periodo de 60 días a partir de la fecha.
El señor Ministro del Interior, Migración y Justicia, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz. a los cuatro días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y tres años.
Regístrese, archívese y hágase saber.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Walter Castro Avendaño, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Luis Bedregal Rodo, Germán Azcárraga Jiménez, Ambrosio García Rivera, Luis Leigue Suárez, Jaime Tapia Alipaz, Guillermo Fortún Suárez, Alberto Natusch Busch, Ramón Azero Sanzetenea, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño, Juan Pereda Asbún, Jaime Caballero Tamayo, Julio Prado Salmón, Waldo Cerruto Calderón, Mario Escobari Guerra.