26 DE OCTUBRE DE 1973 .- Adjudica a la Fuerza Aerea Boliviana el 1nmueble en la Avenida America esquina Circunvalación 2° manzanas 205 A. del acervo hereditario Gral. Rene Barrientos Ortuño en la ciudad de Santa Cruz, para Casino de la indicada repartición militar.
DECRETO SUPREMO Nº 11158
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto Supremo de 1º de Octubre de 1918 y demás disposiciones concordantes, se sustanció en la Administración Distrital de la Renta de la ciudad de La Paz, el proceso administrativo para pago del impuesto sucesorio al fallecimiento del Gral. René Barrientos Ortuño.
Que, como consecuencia de dicho proceso, se dispuso el remate del inmueble que forma parte del acervo hereditario correspondiente, situado en la Av. América s/n. (segundo anillo manzana 205 A) de la ciudad de Santa Cruz, cuyo importe final fue fijado en $b. 419.458,50 luego de la rebaja de la segunda décima, por no haberse presentado postores;
Que, el adeudo del impuesto sucesorio a cargo de los herederos, a la fecha es como sigue: impuesto $b. 216.970, intereses $b. 83.990.93, multa a $b. 8.399.09, con un total de $b. 308.558,99.
Que, entre el importe del remate del inmueble de $b. 419.458,50, y la deuda tributaria existe una diferencia de $b. 110.899,51.
Que, la Fuerza Aérea, ocupa actualmente el inmueble objeto del remate, habiéndose destinado a la instalación de sus comedores y como recinto de expansión social de sus Jefes y Oficiales, por lo que corresponde disponer su adjudicación al citado organismo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DESCRETA:
ARTÍCULO 1.- Adjudícase a la Fuerza Aérea Boliviana, el inmueble s/n de la Avenida América esquina Circunvalación (segundo anillo manzana 205 A), de la ciudad de Santa Cruz, que pertenece al acervo hereditario del Gral. René Barrientos Ortuño en la suma de $b. 419.458,50 (CUATROCIENTOS DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO 50/100 PESOS BOLIVIANOS).
ARTÍCULO 2.- La transferencia que se dispone queda liberada de todo impuesto nacional, departamental y municipal.
ARTÍCULO 3.- El valor de la transferencia será cancelada por la Fuerza Aérea Boliviana por intermedio del Ministerio de Defensa Nacional.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Defensa Nacional y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiseis días del mes de octubre de mil novecientos setenta y tres años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Wálter Castro Avendaño, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Armando Pinell Centellas, Ambrosio García Rivera, Jaime Tapia Alipaz, Angel Gemio Ergueta, Alberto Natusch Busch, Roberto Capriles Gutiérrez, Javier Bedregal Gutiérrez, Juan Pereda Asbún, Guillermo Bulacia Salek, Fernando Paz Baldivieso, Waldo Cerruto Calderón, Guido Valle Antelo.