Volver a documentos
Decreto Supremo11179 Vigente

Decreto Supremo N° 11179

Presidencia del Estado Plurinacional
14 de noviembre de 1973

14 DE NOVIEMBRE DE 1973 .- Autoriza al Ministerio de Finanzas reformar el presupuesto del Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil por la presente gestión.

Artículos
0
Secciones
0
Versiones
1
Antigüedad
52 años

DECRETO SUPREMO Nº 11179

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que por D. S. Nº 10123 de 11 de octubre de 1973, no han incrementado los haberes de los funcionarios de Sector Público, con el Bono compensatorio de $b.120.-; como consecuencia del anterior Decreto. El servicio Nacional de Correos debe hacer efectivo el pago del mencionado bono a personal que trabaja en el Servicio en su condición de supernumerarios.

Que, el Tesoro General de la Nación no cuenta con los recursos necesarios para cubrir estos pagos siendo por consiguiente indispensable utilizar la suma requerida para el cumplimiento de esta obligación de la Cuenta Interna 3-M-22 “Correos Servicio Internacional” importe que será reembolsado a la cuenta de origen con las recaudaciones provenientes de los pagos por servicios postales que efectúa el Servicio Público.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorízase al Ministerio de Finanzas, reformular el presupuesto de la gestión en curso del Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, en su Programa 05: Comunicaciones, Sub-Programa 03: Dirección General de Correos a los efectos de reforzar la Partida Presupuestaria 117.5.1 “Sueldos”, para atender el pago de su personal supernumerario, utilizando los fondos de la Cuenta 3-N-22 “Correo Servicio Internacional” a fin de dar cumplimiento al D. S. 10123 de 11 de octubre del año en curso.

ARTÍCULO SEGUNDO.- La mencionada suma será reembolsada con las recaudaciones provenientes del pago que efectúa al Sector Público por servicios prestados.

I N G R E S O S

(En pesos bolivianos)

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

CódigoFUENTEPRESUPUESTO ADICIONAL
IINACIONALES OTROS Recaudaciones Especiales200.000.- \_\_\_\_\_\_\_ 200.000.- \_\_\_\_\_\_\_ 200.000.- \_\_\_\_\_\_\_\_ Total 200.000.-

EGRESOS

(En pesos bolivianos)

CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:

CódigoDESCRIPCIONPRESUPUESTO ADICIONAL
100 110 117.5.1SERVIOS PERSONALES EMPLEADOS PERMANENTES Sueldos200.000.- \_\_\_\_\_\_\_ 200.000.- \_\_\_\_\_\_\_ 200.000.- \_\_\_\_\_\_\_ Total 200.000.-

Los señores Ministros en los Despachos de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y tres años.

FDO. DR. MARIO GUTIERREZ GUTIERREZ, Presidente de la República a.i., Walter Castró Avendaño, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Armando Pinell Centellas, Germán Azcárraga Jiménez, Federico Casanovas, Luis Leigue Suárez, Jaime Tapia Alipaz, Angel Gemio Ergueta, Alberto Natusch Busch, Ramón Azero Sanzetenea, Roberto Capriles Gutiérrez, Javier Bedregal Gutiérrez, Alberto Guzmán Rojas, Fernando Paz Baldivieso, Waldo Cerruto Calderón, Guido Valle Antelo.

Versión 1 de 1Vigente desde 14 de noviembre de 1973