20 DE ENERO DE 1974 .- El Estado garantiza el mantenimiento del valor del Peso Boliviano con relación al dó1ar norteamericano para los depósitos de ahorro.
DECRETO SUPREMO Nº 11302
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, como un medio de intensificar el desarrollo nacional corresponde al Supremo Gobierno fomentar el ahorro interno garantizando su poder adquisitivo;
Que, con este mismo objeto es también necesario alentar el retomo al país de los capitalistas radicados en el exterior.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- A partir de la presente disposición, el Estado garantiza el mantenimiento de valor del Peso Boliviano con relación al dólar de los Estados Unidos de América, para los depósitos de ahorro efectuados y por efectuar por personas naturales, en el sistema bancario.
ARTÍCULO 2.- El Ministerio de Finanzas reglamentará el presente Decreto y el uso de los recursos depositados en dichas cuentas.
El Ministerio de Finanzas queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de enero de mil novecientos setenta y cuatro años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Wálter Castro Avendaño, Jaime Florentino Mendienta Vargas, Jaime Quiroga Matos, Germán Azcárraga Jiménez, Ambrosio García Rivera, Luis Leigue Suárez, Mario Serrate Ruíz, Alfredo Franco Guachalla, Alberto Natusch Busch, Ramón Azero Sanzetenea, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño, Juan Pereda Asbún, Guillermo Bulacia Salek, Sergio Otero Gómez, Waldo Cerruto Calderón, Guido Valle Antelo.