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Decreto Supremo11304 Vigente

Decreto Supremo N° 11304

Presidencia del Estado Plurinacional
20 de enero de 1974Vigente desde 20 de enero de 1974

20 DE ENERO DE 1974 .- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Corporación de Desarrollo de La Paz (CORDEPAZ) para su vigencia en 1973.

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Antigüedad
52 años

DECRETO SUPREMO Nº 11304

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el Presupuesto Consolidado del Sector Público aprobado mediante D.S. Nº 11054 de 30 de agosto de 1973, consigna para la Corporación de Desarrollo del Deparamento de La Paz, la suma de $b. 12.326.400.- monto que ha sido superado en el curso de la presente gestión como resultado de haberse producido un apreciable incremento en sus ingresos propios, de cuya cifra inicial se elevó a $b. 13.104.600.-, con un excedente líquido de $b. 778.200.-

Que, a mérito de los anteriores incrementos, la Corporación de Desarrollo de La Paz, solicita la aprobación de un Presupuesto Adicional, financiado con recursos provenientes de regalías mineras y renta destinada de la Aduana Nacional, a objeto de cubrir haberes devengados de sus funcionarios dependientes y obligaciones de carácter perentorio amergentes de la creación del “Aguinaldo de Fiestas Patrias”.

EN CONSEJO DE MINISTROS, Y CON EL

DICTAMEN FAVORABLE DEL CONSEJO

NACIONAL DE ECONOMIA Y PLANIFICACION,

DECRETA:

Artículo 1

Apruébase el Presupuesto Adicional de la Corporación de Desarrollo del Departamento de La Paz, (CORDEPAZ), para su vigencia en la gestión fiscal de 1973, por la suma de SETECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 778.200.-) de acuerdo al siguiente detalle:

INGRESOS
(En pesosbolivianos)
FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

| Código | Fuente | | Presupuesto Adicional 1973 | | I | NACIONALES | | 778.200.- | | 2.- | Recursos Propios | | | | | (Depósitos Directos-Aduana Nal.) | | 50.000.- | | 5.- | OTROS | | 728.200.- | | 5. 2 | Saldo gestión anterior | | 728.200.- | | | | | |

Total---778.200.-
EGRESOS
( En pesos bolivianos )
CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:
CódigoDescripciónPresupuesto Adicional 1973
100SERVICIOS PERSONALES148.600.-
110EMPLEADOS PERMANENTES69.600. -
111Haberes Básicos2.400.-
113Bonos29.200.-
115Aguinaldo38.000.-
120EMPLEADOS NO PERMANENTES35.000.-
140PREVISION SOCIAL44.000.-
141Caja Nacional de Seguridad Social44.000.-
200SERVICIOS NO PERSONALES139.100.-
220PUBLICIDAD E IMPRENTA25.000.-
221Publicidad10.000.-
222Imprenta15.000.-
230TRANSPORTE Y GASTOS DE VIAJE15.000.-
231Gastos por Pasajes15.000.-
240SEGUROS7.000.-
241Incendio2.000.-
344Otros Seguros5.000.-
250ALQUILERES39.000.-
251Edificios y Terrenos14.000.-
252Equipo de Oficina10.000.-
253Otra Maquinaria y Equipo15.000.-
260MANTENIMIENTO Y25.100.-
REPARACIONES
261Edificios25.100.-
290OTROS SERVICIOS NO28.000.-
PERSONALES
291Asignaciones Globales28.000.-
300MATERIALES Y SUMINISTROS43.000.-
310SUMINISTROS DE OFICINA Y
PUBLICACIONES30.000.-
311Papelería15.000.-
312Publicaciones5.000.-
313Suministros Varios de Oficina10.000.-
320SUMINISTROS GENERALES3.000.-
321Materiales para limpieza y Usos
Domésticos2.000.-
323Textiles400.-
328Otros Suministros Generales600.-
330SUMINISTROS PARA
CONSTRUCCIÓN Y
MANTENIMIENTO10.000.-
334Productos Químicos y Conexos10.000.-
400ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS320.000.-
430MAQUINARIA Y EQUIPO90.000.-
431Equipo de Oficina y Muebles50.000.-
433Equipo de Transporte, Tracción y
Elevación40.000.-
450INVERSION FINANCIERAS230.000.-
453Otras inversiones Financieras230.000.-
500DEUDA PUBLICA127.500.-
510DEUDA PUBLICA INTERNA127.500.-
514Créditos Reconocidos127.500.-
Totales:778.200.-
Artículo 2

Se establece la prohibición de efectuar traspasos de cualquier Grupo a Servicios Personales y de Activos Fijos y Financieros y Transferencias de Capital a otros Grupos, debiendo sujetarse la ejecución del presente Presupuesto a las disposiciones generales establecidas en el D.S. 10667 de 29 de diciembre de 1972.

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Secretaría del Consejo Nacional de Economía y Planificación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de enero de mil novecientos setenta y cuatro años.

FDO. GRAL HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Wálter Castro Avendaño, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Jaime Quiroga Matos, Germán Azcárraga Jiménez, Ambrosio García Rivera, Luis Leigue Suárez, Mario Serrate Ruíz, Alfredo Franco Guachalla, Alberto Natusch Busch, Ramón Azero Sanzetenea, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño, Juan Pereda Asbún, Guillermo Bulacia Salek, Sergio Otero Gómez, Waldo Ceruto Calderón, Guido Valle Antelo.

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