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Decreto Supremo11336 Vigente

Decreto Supremo N° 11336

Presidencia del Estado Plurinacional
8 de febrero de 1974

08 DE FEBRERO DE 1974 .- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Corporación de Desarrollo del Departamento de Cochabamba.

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Antigüedad
52 años

DECRETO SUPREMO N° 11336

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

C O N S I D E R A N D O :

Que, revisada la ejecución presupuestaria de la Corporación de Desarrollo del Departamento de Cochabamba, se ha verificado un apreciable incremento en sus ingresos con relación a los calculados en el Presupuesto Consolidado del Sector Público, aprobado mediante Decreto Supremo N° 11054 de 30 de agosto de 1973.

Que, a mérito de los anteriores incrementos, la referida Entidad Pública solicita la aprobación de un Presupuesto Adicional, financiado con recursos provenientes de regalías mineras y renta destinada de la Aduana Nacional, a objeto de regularizar sus Ingresos y Egresos en la presente gestión fiscal de 1973.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

D E C R E T A :

Artículo 1

Apruébase el Presupuesto Adicional de la Corporación de Desarrollo del Departamento de Cochabamba, para su vigencia en la presente gestión fiscal de 1973, por al suma de DOS MILLONES QUINCE MIL SEISCIENTOS 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 2.015.600.-), de acuerdo al siguiente detalle:

INGRESOS

(En Pesos bolivianos)

Presupuesto
CódigoFuenteAdicional
1973
I NACIONALES2.015.600.-
2.-Recursos Propios190.000.-
12% Regalías Mineras
(Recaudación de Aduanas)190.000.-
4.-Transferencias640.000 -
3 Empresas Públicas640.000.-
Comíbol600.000 -
Banco Minero de Bolivia40.000.-
5.-Otros1.135.600 -
Saldo Gestión Anterior1.135.600.-
(Regalías Devengadas)
Totales2.015.600.-
EGRESOS
(En Pesos bolivianos)
Presupuesto
CódigoDescripciónAdicional
1973
200SERVICIOS NO PERSONALES1.370.600.-
220Publicidad e Imprenta20.000.-
221Publicidad5.000.-
222Imprenta15.000.-
230Transporte y Gastos de Viaje13.000.-
231Gastos de Viaje8.000.-
232Viáticos5.000.-
240Seguros15.000.-
241Automotores y Aereonaves15.000.-
260Mantenimiento y Reparaciones15.000 . -
262Equipo15.000.-
270Servicios Profesionales y Comerciales1.807.600 -
273Estudios, Investigaciones y Proyectos1.807.600.-
300MATERIALES Y SUMINISTROS35.000,-
310Suministros de Oficina y Publicaciones10.000 -
311Papelería5.000.-
312Publicaciones3.000.-
313Suministros varios de oficina2.000.-
320Suministros Generales3.000 -
324Alimentos3.000.-
330Suministros para Construcción y Mantenimiento22.000 -
331Lubricantes y Combustibles10.000.-
332Accesorios y Repuestos para Maquinaria y Equipo10.000.-
334Productos Químicos y Conexos2.000.-
400ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS90.000 -
430Maquinaria y Equipo90.000.-
431Equipo de Oficna y Muebles10.000.-
433Equipo de Transporte, Tracción y Elevación30.000.-
600RESERVAS20.000 -
620Reservas Sociales20.000.-
621Reserva para Beneficios Sociales20.000.-
Totales2.015.600.-
Artículo 2

El presente Presupuesto se sujetará en su ejecución a las disposiciones generales establecidas en el D.S. N° 10667 de 29 de diciembre de 1972.

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Secretaría del Consejo Nacional de Economía y Planificación, quedan en cargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de febrero de mil novecientos setenta y cuatro años.

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Jaime Mendieta Vargas, Germán Azcárraga Jiménez, Luís Leigue Suárez, Alfredo Franco Guachalla, Ramón Azero Sanzetenea, Raúl Lema Patiño, Guillermo Bulacia Salek, Waldo Cerruto Calderón, Wálter Castro Avendaño, Jaime Quiroga Matos, Ambrosio García Rivera, Mario Serrate Ruíz, Alberto Natusch Busch, Roberto Capriles, Juan Pereda Asbún, Sergio Otero Gómez, Guido Valle Antelo.

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