13 DE MARZO DE 1974 .- Transferencia de los Colegios Fiscales "1° de Mayo" de Llallagua y “Pulacayo” de la misma localidad a la Administración de la Corporación Minera de Bolivia.
DECRETO SUPREMO N° 11381
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Supremo N° 10882 de 22 de mayo de 1973, dispone la transferencia a la Corporación Minera de Bolivia de los establecimientos de educación media que dependían del Ministerio de Educación, en los centros mineros;
Que, la Corporación Minera de Bolivia presta servicios de educación en los distritos mineros a su cargo y por cuenta del Supremo Gobierno cargando los costos que demanda la enseñanza a regalías que debe percibir el Estado la exportación de minerales; por lo que,
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Amplíase el D.S. N° 10882 de 22 de mayo de 1973, disponiendo la transferencia de Colegios Fiscales “1° de Mayo” de la localidad de Llallagua con su Nivel Medio y Ciclo Intermedio, diurno y nocturno y el Colegio “Pulacayo” de la misma localidad en su Nivel Medio y Ciclo Intermedio, a la Administración de la Corporación Minera de Bolivia.
ARTÍCULO 2.- La transferencia de los Colegios de las localidades de Llallagua y Pulacayo, se efectuará con sus locales equipamiento, personal docente normalista, personal administrativo, y de servicios, alumnado y material didáctico dotado por el Ministerio de Educación y Cultura de conformidad a lo dispuesto en los Arts. 2° y 3° del Decreto Supremo N° 10882.
ARTÍCULO 3.- Todos los establecimientos de educación transferidos a la Corporación Minera de Bolivia en lo técnico-pedagógico, estarán bajo la tuición y control del Ministerio de Educación de acuerdo a la Ley de Educación 1973, D.S. N° 10704, para evitar designaciones de maestros interinos y aplicación de planes y Programas diferentes; y en lo administrativo dependerán de la Corporación Minera de Bolivia.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Educación y Cultura y de Minas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de marzo de mil novecientos setenta y cuatro años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Jaime Quiroga Mattos, Mario Serrate Ruíz, Ambrosio García Rivera, Miguel Ayoroa Montaño, Guillermo Bulacia Salek, Luis Leigue Suárez, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Germán Azcárraga, Jiménez, Raúl Lema Patiño, Roberto Capriles Gutiérrez,