10 DE JUNIO DE 1974 .- Apruébase la adjudicación hecha en favor de !a Empresa "Ingeniería Civil y Arquitectura" (INARC) para la construcción del edificio de la Contraloría General y el Centro Nacional de Computación, por $b. 30.517.446.21
DECRETO SUPREMO N° 11514
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Contraloría General de la República y el Centro Nacional de Computación, en cump1imiento del Art. 11° del Decreto Ley N° 10120, han convocado por segunda vez, a las Empresas Constructoras de primera y segunda categoría, a efecto que estas formulen sus propuestas para la construcción, de su edificio propio, sobre terrenos ubicados en la esquina Indaburo y Colón de esta ciudad, con financiamiento de PADES;
Que, fenecido el plazo fijado y dada la participación de varias firmas concursantes, la Junta de Licitaciones de la Contraloría General de la República, en su reunión del 4 de marzo de 1974, procedió a la apertura de dichas propuestas y designó la comisión calificadora;
Que, la indicada Junta de Licitaciones, en su reunión del 27 de marzo de 1974, aprobó por unanimidad el informe evacuado por la respectiva comisión calificadora, adjudicando en consecuencia la construcción del edificio Contraloría - CENACO, a la empresa “Ingeniería Civil y Arquitectura” - (INARC) por el precio de TREINTA MILLONES QUINIENTOS DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA SEIS 21/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 30.517.446.21.-);
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación hecha por la Junta de Licitaciones de la Contraloría General de la República, en fecha 27 de marzo de 1974, en favor de la Empresa “Ingeniería Civil y Arquitectura” (INARC), para la construcción del edificio de la Contraloría General y el Centro Nacional de Computación, por el valor de TREINTA MILLONES QUINIENTOS DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS CUARENTISEIS 21/100 PESOS BOLIVIANOS ($b.- - - 30.517.446.21.-).
ARTÍCULO 2.- Autorízase a los personeros de la Contraloría General de la República y el Centro Nacional de Computación, al Fiscal de Gobierno y personeros de D.C.C.P., para suscribir los respectivos contratos de obra, conjuntamente con el personero legal de la Empresa Adjudicataria, debiendo sujetarse a las prescripciones del Capítulo VII del D.L. N° 10120.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Coordinación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de junio de mil novecientos setenta y cuatro años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Guillermo Céspedes Rivera, Juan Pereda Asbún, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Jaime Quiroga Matos, Mario Serrate Ruíz, Ambrosio García Rivera, Miguel Ayoroa Montaño, Alfredo Franco Guachalla, Luis Leigue Suárez, Raúl Lema Patiño, Alberto Natusch Busch, Guillermo Bulacia Salek, Guillermo Jiménez Gallo, Germán Azcárraga Jiménez, Edwin Tapia Frontanilla, Sergio Otero Gómez.