28 DE JUNIO DE 1974 .- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Minería y Metalurgia con cargo a recursos del remate de los bienes de la Ex—Empresa "Bol Inca Mining Corp.".
DECRETO SUPREMO Nº 11560
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante D.S. N° 9016 de 27 de noviembre de 1969 se ha dispuesto la reversión al Estado de las concesiones mineras de la ex-Empresa "Bol Inca Mining Corp.", incluyendo equipos, maquinarias y accesorios del campamento, habiéndose dispuesto posteriormente por R. S. Nº 151531 de 27 de enero de 1970 el remate en pública subasta de los referidos bienes, cuyo cálculo total ascendió a la suma de $b. 2.272.052,54.
Que, en ejecución parcial de la anterior orden de remate, se ha recaudado la suma de $b. 118.000.-, fondos que se hallan depositados en la cuenta 3-P-302 denominada "Remate Bienes Ex-Bol Inca Mining Corp.".
Que, los indicados recursos deben ser utilizados para gastos de operación emergentes de la recuperación y posterior remate de los demás bienes de la mencionada Ex-Empresa, a través de un Presupuesto Adicional, por lo que, de conformidad con el informe de la Dirección General de Presupuesto y en previsión del Art. 9° del D .S. N° 11365 de 22 de febrero del presente año, corresponde dictarse la norma legal pertinente.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA :
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Minería y Metalurgia con cargo a recurnes de la Ex-Empresa "Bol Inca Mining Corp.", para su vigencia en la presente gestión fiscal de 1974, por la suma de CIENTO DIECIOCHO MIL oo/100 PESOS BO LIVIANOS ($b. 118.000.-) de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS
(En Pesos Bolivianos)
FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS
Código Fuente | Adicional
1974
I NACIONALES 118.000
5.- OTROS 118.000
5.1. Recaudaciones especiales (Prove-
nientes del remate de la Ex Empre-
sa “Bol Inca Corp.”). 118.000.-
TOTAL 118.000.-
EGRESOS
(En Pesos Bolivianos)
CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:
Código | Descripción | Adicional
1974
100 SERVICIOS PERSONALES 20.000.-
120.5.1. Empleados No Permanentes 20.000.-
200 SERVICIOS NO PERSONALES 26.500.-
230 Transporte y Gatos de Viaje 12.000.-
231.5.1 Gastos por Pasajes 4.000.-
232.5.1 Viáticos 8.000.-
250 ALQUILERES 11.500.-
253.5.1 Otras Maquinaria y Equipo 11.500.-
290 Otros Servicios No Personales 3.000.-
292.5.1 Otros Servicios No Personales 3.000.-
300 MATERIALES Y SUMINISTROS 7.000.-
320 Suministros Generales 7.000.-
321.5.1 Materiales para Limpieza y Usos Domésticos 7.000.-
400 ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS 64.500.-
430 Maquinaria y Equipo 64.500.-
433.5.1 Equipo de Transporte, Tracción y
Elevación 64.500
Total 118.000.-
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Minería y Metalurgia y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de junio de mil novecientos setenta y cuatro años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Mario Serrate Ruiz, Ambrosio García Rivera, Miguel Ayoroa Montaño, Luís Leigue Suárez, Guillermo Bulacia Salek, Germán Azcárraga Jiménez, Juan Pereda Asbún, Jaime Quiroga Matos, Alfredo Franco Guachalla, Alberto Natusch Buch, Guillermo Jiménez Gallo, Edwin Tapia Frontanilla, Sergio Otero Gómez.