02 DE JULIO DE 1974 .- Apruébase la adjudicación a FEGOSA para la construcción del edificio de GEOBOL por la suma de $b. 3.454.065,38.
DECRETO SUPREMO Nº 11587
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, con autorización del Supremo Gobierno, el Servicio Geológico de Bolivia (GEOBOL) convocó a licitación pública para la construcción de un edificio en su propiedad de la calle Federico Zuazo esquina Reyes Ortiz de esta ciudad, con destino a oficinas y Laboratorios;
Que, dicha licitación fue procesada conforme al D.L. Nº 10120 de 2 de febrero de 1972, sobre la materia, habiéndose llenado todas las formalidades legales de fondo y forma;
Que, la Junta de Licitaciones de esa entidad, en su reunión del día viernes 29 de marzo de 1974 y previa consideración del informe de la Comisión Calificadora, resolvió por unanimidad de votos adjudicar la obra a la empresa Compañía AFA Construcciones Generales S. R. L. FEGOSA, por el precio de tres millones cuatrocientos cincuenta y cuatro mil sesenta y cinco 38/100 pesos bolivianos ($b. 3.454.065.38) y demás condiciones constantes en los documentos de la Convocatoria a Propuestas, según consta en el acta respectiva;
Que, por la cuantía y de conformidad con lo previsto por el D.L. Nº 111356, de 20 de febrero del año en curso, dicha adjudicación debe ser aprobada mediante Decreto Supremo;
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Aprobar la adjudicación que ha hecho la Junta de Licitaciones del Servicio Geológico de Bolivia (GEOBOL) en su reunión del día 29 de marzo de 1974 en favor de la Compañía AFA Construcciones Generales S.R.L. FEGOSA para la construcción de un edificio con destino a oficinas por el precio total de tres millones cuatrocientos cincuenta y cuatro mil sesenta y cinco 38/100 pesos bolivianos ($b. 3.454.065.38) y conforme al plazo y demás especificaciones constantes en los documentos de la Convocatoria y la Propuesta.
ARTÍCULO 2.- Autorizar al Servicio Geológico de Bolivia la suscripción del respectivo contrato y la erogación del precio, con las formalidades legales y reglamentarias que para este efecto se tienen establecidas y sea con la intervención de la Contraloría.
El señor Ministro de Minería Metalurgia queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de julio de mil novecientos setenta y cuatro años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Jaime Quiroga Matos, Mario Serrate Ruíz, Ambrosio García Rivera, Miguel Ayoroa Montaño, Alfredo Franco Guachalla, Luís Leigue Suárez, Raúl Lema Patiño, Alberto Natusch Busch, Guillermo Bulacia Salek, Germán Azcárraga Jiménez, Sergio Otero Gómez.