26 DE JULIO DE 1974 .- Apruébase el reajuste aceptado por el Servicio Nacional de Caminos por la provisión de 4.375 tons. de cemento asfáltico por el precio total de $US. 1.575.030.95.
DECRETO SUPREMO Nº 11653
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 11416 de 10 de abril de 1974 se aprobó la adjudicación por la H. Junta de Almonedas del Servicio Nacional de Caminos en favor de la firma comercial ‘‘Proveedores de Equipos y Materiales S.A.’’ -PEMSA, representantes de “Pavimentacoes e Revestimentos Ltda”- BETRUBAS, para la provisión de 4.375 toneladas de cemento asfáltico, grado de penetración 50/60 con destino a las obras camineras a ejecutarse, omitiéndose en dicha disposición aprobar la adquisición de 430 toneladas de cemento asfáltico con grado de penetración 85/100 que también fueron licitadas y que se adjudicaron en dicha junta;
Que habiéndose producido incrementos acentuados en le mercado internacional sobre el precio del petróleo y sus derivados; la firma adjudicataria planteó un reajuste del 17.13% sobre el precio adjudicado;
Que, en consideración a este hecho y a la urgencia de contarse con este material para la ejecución de las obras viales programadas, la H. Junta de Almonedas del Servicio Nacional de Caminos autorizó el reajuste correspondiente;
Que, dicho reajuste, por su monto debe ser aprobado a través de Decreto Supremo en Consejo de Ministros, de conformidad a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 8818 de 26 de julio de 1969;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
PRIMERO.- Apuébase el reajuste aceptado por la H. Junta de Almonedas del Servicio Nacional de Caminos en su reunión de 8 de Julio de 1974 en favor de la firma comercial ‘‘Proveedores de Equipos y Materiales S.A.’’ PEMSA, representantes de Pavimentacoes e Revestimentos Ltda. BETRUBRAS por el monto que se señala y en las condiciones adjudicadas.
A la firma PEMSA por la provisión de 4.375 toneladas de cemento asfáltico grado de penetración 50/60 y 430 toneladas grado de penetración 85/100 al precio de $us. 327,79 la tonelada CIF Santa Cruz, por el precio total de UN MILLON QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MIL TREINTA 95/100 DOLARES AMERICANOS ($us. ($us. 1.575.030,95).
SEGUNDO.- Derógase en la parte correspondiente el Artículo Primero del Decreto Supremo Nº 11416 de 10 de abril de 1974.
TERCERO.- Autorízase a los señores Directores del Servicio Nacional de Caminos Fiscal de Gobierno y Contralor General de la República, para que en representación del Estado suscriban el contrato respectivo con los personeros de la firma adjudicataria y sea con las formalidades y seguridades prescritas por Ley.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Transporte, Comunicaciones y Aeronáutica Civil queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiseis días del mes de julio de mil novecientos setenta y cuatro años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Walter Nuñez Rivero, Miguel Ayoroa Montaño, Mario Vargas Salinas, Jorge Torres Navarro, José Antonio Zelaya, Alberto Natusch Busch, Giullermo Jiménez Gallo, José Patiño Ayoroa.