13 DE AGOSTO DE 1974 .- Modificase el Art. 7° del D.S. 08430 en favor de los buques o naves de bandera nacional.
DECRETO SUPREMO N° 11694
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Supremo N° 08430 de 24 de julio de 1968 establece las normas generales para la aplicación de la reserva de carga de transporte marítimo, fluvial y lacustre de exportación e importación en favor de naves nacionales;
Que, el artículo 7°. del referido Decreto Supremo prevé la posibilidad de que nuestro país amplíe la reserva de carga en favor de naves nacionales del 30 al 50%.
Que, la proyección del incremento del transporte por vía marítima, fluvial y lacustre hace necesario que nuestro país cuente con medios propios de transporte para asegurar el intercambio comercial interno e internacional;
Que, la actual capacidad instalada de medios de transporte por agua, no responde satisfactoriamente a los requerimientos de una adecuada política de desarrollo nacional;
Que, es necesario fomentar y promover el transporte marítimo, fluvial y lacustre boliviano, ejerciendo nuestros derechos de navegación en igualdad de condiciones, tratamiento y facilidades que las normas y la práctica internacionales reconocen en favor de todos los estados;
EN CONSEJO DE MINISTROS, Y CON EL DICTAMEN FAVORABLE DEL CONSEJO NACIONAL DE ECONOMIA Y PLANIFICACION,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se, modifica el Artículo 7° del Decreto Supremo N° 03430 de 24 de julio de 1968, el mismo que dirá: “Artículo 7.- Se reserva en favor de los buque o naves de bandera nacional el 50% del transporte marítimo de carga de exportación o importación, de y hacia Bolivia igualmente se establece la misma reserva para las naves de bandera nacional que transporten carga de y hacia Bolivia en vías fluviales y lacustres internacionales”.
Los señores Ministros de Esado en los Despachos de Defensa Nacional, Industria, Comercio y Turismo, y de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de agosto de mil novecientos setenta y cuatro años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Walter Nuñez Rivero, Miguel Ayoroa Montaño, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, José Patiño Ayoroa.