30 DE AGOSTO DE 1974 .- Ampliase la liberación de impuestos arancelarios a la importación de materiales de construcción, equipo de oficina y deportivo que no sean producidos en el país.
DECRETO SUPREMO Nº 11745
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, el Decreto Supremo Nº 10954 de fecha 3 de julio de 1973 no contempla la liberación de impuestos arancelarios algunos rubros de importación de vital importancia y necesidad para la construcción y equipamiento de la infraestructura deportiva, destinada a la realización de los VIII Juegos Deportivos Bolivarianos;
EN CONSEJO DE MINISTROS Y CON DICTAMEN FAVORABLE DEL CONSEJO NACIONAL DE ECONOMIA Y PLANIFICACION,
D E C R E T A :
ARTÍCULO ÚNICO.- Amplíase la liberación de impuestos arancelarios, contenida en el Decreto Supremo Nº 10954, a la importación de materiales de construcción, equipo de oficina y deportivo, siempre y cuando éstos, en cuanto a calidad y otros aspectos técnicos, no sean producidos en el país.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de agosto de mil novecientos setenta y cuatro años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Victor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Walter Nuñez Rivero, Miguel Ayoroa Montaño, Mario Vargas Salinas, Jorge Torres Navarro, José Antonio Zelaya, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, José Patiño Ayoroa.