17 DE SEPTIEMBRE DE 1974 .- Apruébase la adjudicación efectuada por AASANA para la adquisición de materiales para iluminación de los aeropuertos de Santa Cruz, Cochabamba y Trinidad.
DECRETO SUPREMO Nº 11804
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, publicadas las Convocatorias a Propuestas para el suministro de materiales destinados a los sistemas de iluminación de intensidad media para los aeropuertos de Cochabamba, Santa Cruz y Trinidad a cargo de la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea (AASANA), se presentaron en el segundo llamamiento, las siguientes firmas proponentes:
New World Research Corporation
Astra Aircraft Inc.
Air Supply Inc.
Aviquipo de la Argentina S.A. representada por Mercantil Sudamericana Ltda.
Multi Electric M.F.G., Inc., representada por The Lola Trading Co.
Que, la H. Junta de Almonedas de AASANA, en su sesión de fecha 19 de julio de 1974, luego de haber considerado el informe y examinado los cuadros comparativos presentados por la Comisión Calificadora de Propuestas, adjudicó el suministro de los materiales licitados a las firmas nombradas en cuarto y quinto lugares, por ser las más convenientes a los intereses del Estado;
Que, habiéndose observado el procedimiento y requisitos prescritos en el Decreto Supremo de 22 de mayo de 1939, concordante con el artículo 13, inciso e) del Decreto Supremo Nº 11356 de 22 de febrero de 1974;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación dispuesta por la H. Junta de Almonedas de AASANA, en su sesión de fecha 19 de julio de 1974, en favor de las compañías Aviquipo de la Argentina S.A., representada por Mercantil Sudamericana Ltda. y Multi Electric M. F. G. Inc. representada por The Lola Trading Co. para el suministro de materiales destinados a los sistemas de iluminación media de los aeropuertos de Cochabamba, Santa Cruz y Trinidad a cargo de la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea (AASANA), por el valor total de DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO DOLARES AMERICANOS 90/100 ($us. 282.374.90) distribuidos en los siguientes Items y valores;
Aviquipo de la Argentina S.A. representada por Mercantil Sudamericana Ltda., por la suma de $us. 122.789.60 correspondiente a los Items Nos. 1 al 15 y 23 al 25.
Multi Electric M.F.G. Inc. representada por The Lola Trading Co. por la suma de $us. 159.585.30 correspondientes a los items Nos. 16 al 11 y el 26.
ARTÍCULO 2.- El valor total de la provisión adjudicada será cubierta con cargo a los fondos asignados dentro del Programa de la Alianza para el Progreso, de acuerdo al Convenio de Préstamo USAID/B Nº 511-L-039, suscrito entre los Gobiernos de Bolivia y Estados Unidos de Norte América.
ARTÍCULO 3.- Los señores Ministros de Transportes Comunicaciones y Aeronáutica Civil, Administrador Nacional de AASANA Contralor General de la República y Fiscal de Gobierno, en representación del Estado suscribirán con las nombradas firmas proveedoras los respectivos contratos con las seguridades, garantías y formalidades de Ley.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil y de Finanzas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez y siete días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y cuatro años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Walter Núñez Rivero, Miguel Ayoroa Montaño, Mario Vargas Salinas, Jorge Tores Navarro, José Antonio Zelaya, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, José Patiño Ayoroa.