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Decreto Supremo11832 Vigente

Decreto Supremo N° 11832

Presidencia
27 de septiembre de 1964Vigente desde 27 de septiembre de 1964

27 DE SEPTIEMBRE DE 1974 .- Apruébase el Presupuesto Adicional para el Ministerio del Interior, para su vigencia de julio a diciembre de 1974, en $b. 900.000.—

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Antigüedad
61 años

DECRETO SUPREMO N° 11832

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

C O N S I D E R A N D O :

Que, mediante D.L. N° 11243 de 20 de diciembre de 1973, se promulgó la Ley de Control de Sustancias Peligrosas, habiéndose dispuesto en la primera parte de las “Disposiciones Transitorias” la asignación Presupuestaria para la gestión de 1974 destinada a solventar las obligaciones de la Dirección Nacional de Control de Sustancias Peligrosas en actual ejercicio de sus funciones, debiendo al efecto aprobarse en Presupuesto Adicional para el Ministro Interior, Migración y Justicia.

Que, dicho Presupuesto Adicional estará afectado al cumplimiento financiero por los meses de julio a diciembre de la gestión en curso.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

D E C R E T A :

Artículo ÚNICO

Apruébase el Presupuesto Adicional para el Ministerio del Interior, Migración y Justicia, para su vigencia en la presente gestión de 1974, para los meses de julio a diciembre por la suma de NOVECIENTOS MIL oo/100 PESOS BOLIVANOS ($b. 900.000.-) correspondiente al Programa 01 “Administración Central” de acuerdo al siguiente detalle:

I N G R E S O S ( En Pesos Bolivianos ) FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS
CódigoFuentePresupuesto Adicional 1974
INACIONALES900.000.-
1.-Tesoro Nacional900.000.-
Total :900.000.-
E G R E S O S
CódigoDescripciónPresupuesto Adicional 1974
100SERVICIOS PERSONALES843.200.-
110EMPLEADOS PERMANENTES843.200.-
113Bonos722.700.-
115Aguinaldos120.500.-
200SERVICIOS NO PERSONALES15.600.-
210COMUNICACIONES Y SERVICIOS PUBLICOS1.200.-
211Correos, Cables, Telégrafos1.200.-
220PUBLICIDAD E IMPRENTA3.000.-
222Imprenta3.000.-
230TRANSPORTE Y GASTOS DE VIAJE5.400.-
331Gastos por Pasajes3.600.-
232Viáticos1.800.-
290OTROS SERVICIOS NO PERSONALES6.000.-
291Asignaciones Globales6.000.-
300MATERIALES Y SUMINISTROS21.200.-
310SUMINISTROS DE OFICINA Y PUBLICIDAD4.800.-
311Papelería1.800.-
313Suministros Varios de Oficina3.000.-
320SUMINISTROS GENERALES3.000.-
324Alimentos3.000.-
340SUMINISTROS TECNICOS13.400.-
341Materiales y Artículos Médicos, Quirúrgicos y de Laboratorio.13.400.-
400ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS20.000.-
430MAQUINARIA Y EQUIPO20.000.-
431Equipo de Oficina y Muebles20.000.-
T o t a l :900.000.-

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas e Interior, Migración y Justicia quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de septiembre del mil novecientos sesenta y cuatro años.

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Walter Núñez Rivero, Miguel Ayoroa Montaño, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, José Patiño Ayoroa.

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