21 DE DICIEMBRE DE 1974 .- Autorizase al Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil la compra de la pista de aterrisaje, construcciones, mejoras y la extensión superficial de 200 Hs. del inmueble de la Sra. Alicia Quintanilla de Quiroga en Apolo.
DECRETO SUPREMO N° 12065
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, en Apolo, capital de la Provincia Caupolicán del Departamento de La Paz, existe una pista de aterrizaje, sus construcciones apropiadas, mejoras y terrenos de topografía plana que son requeridos por la Administraación Nacional de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la navegación aérea (AASANA);
Que, la pista de referencia tiene una longitud de 1.600 metros por 60 de ancho; cuenta con depósitos, oficinas y viviendas, en total 138.50 m2. de superficie construída; de topografía plana con gradiente de 2.5% tiene una superficie de 200 hectáreas de terrenos desmontados se halla situada a 2.500 metros del pueblo de Apolo al que se vincula con un camino carretero; ofrece excelente visibilidad para aterrizaje y despegue; en suma reune las condiciones mínimas requeridas para un normal y seguro operativo de aeronaves cual ha previsto el “Manual de Aeródromos, Pistas y Radio Ayudas de Bolivia”, puesto en vigencia por la Dirección General de Aeronáutica Civil;
CONSIDERANDO:
Que, la indicada pista fue trazada, construída y mejorada por el que fuera piloto civil Capital Don. Germán Quiroga Guardia, siendo su actual propietario la señora ALICIA QUINTANILLA VIUDA DE QUIROGA, quien con nota de fecha 4 de diciembre de 1972, la ofrece en venta por un precio conveniente a los intereses del Estado;
Que, la Administración Nacional de AASANA considera necesaria la adquisición de la pista de Apolo, por su inmejorable ubicación, por tener instalaciones apropiadas para las operaciones aeronáuticas de la región y por resultar el precio ofertado inferior al valor de cualquier ejecución de obras civiles en otra pista de la misma localidad.
Que, la habilitación y organización adecuada de la pista de Apolo tendrá efectos posibles para la industria ganadera, para los productos agropecuarios y pobladores de la Provincia Caupolicán, cuyo potencial económico es conveniente desarrollar;
EN CONSEJO DE MINISTROS Y CON DICTAMEN
FAVORABLE DEL CONSEJO
NACIONAL DE ECONOMIA Y PLANEAMIENTO,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Ministro de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, formalizar la compra-venta de la pista de aterrizaje, sus construcciones, mejoras y la extensión superficial de 200 hectáreas de que consta el inmueble de propiedad de la señora ALICIA QUINTANILLA VIUDA DE QUIROGA, ubicada en las afueras del pueblo de Apolo, Provincia Caupolicán del Departamento de La Paz.
ARTÍCULO 2.- El Ministerio de Finanzas, pagará a la propietaria, como valor convenido de la transferencia, la suma de DIEZ MIL DOLARES AMERICANOS ($us.10.000.) o su equivalente en moneda nacional, con cargo a la Partida N° 420 ‘Otras Construcciones” del Presupuesto General de la Nación.
ARTÍCULO 3.- La Administración Nacional de AASANA, conforme a las atribuciones señaladas en el Decreto Supremo N° 08019 de 21 de junio de 1967, elevado a rango de Ley en 16 de octubre de 1968, ejercerá dominio propietario en representación del Estado y organizará los servicios para el mejoramiento del transporte aéreo de la región.
ARTÍCULO 4.- Los señores Ministros de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, Contralor General de la República y Fiscal de Gobierno, suscribirán con la propietaria la respectiva escritura traslativa de dominio.
ARTÍCULO 5.- Los impuestos y gastos de transferencia serán pagados por la vendedora, conforme a Ley.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas, de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiun días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y cuatro años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.