17 DE ENERO DE 1975 .- Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta de Almonedas de Comunicaciones en favor de "La Papelera S.A." para la impresión de 16.900.000 estampillas y 48.000 hojas recordatorias.
DECRETO SUPREMO N° 12178
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, por disposición del Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, se convocó a propuestas para los trabajos de impresión de estampillas postales con destino al Servicio Nacional de Correos y como Homenaje al Sesquicentenario de la Fundación de la República.
Que, habiéndose presentado solamente una firma proponente en los tres llamamientos a propuestas, la H. Junta Nacional de Almonedas de Comunicaciones en su reunión del día viernes 13 de diciembre de 1974, procedió a la apertura de la única propuesta, disponiéndose la conformación de una Comisión calificadora por los representantes de la Contraloría General de la República, representante de la Cámara Nacional de Industria y el Director Nacional de Correos.
Que, del informe de la Comisión calificadora y cuadro demostrativo pertinente, se establece la necesidad de adjudicar a la firma "La Papelera" los trabajos de impresión de los mencionados sellos postales.
Que, la H. Junta Nacional de Almonedas de Comunicaciones, en su reunión de fecha 17 de diciembre de 1974, aprobó por unanimidad la única propuesta presentada por la firma impresora "La Papelera S.A."
Que, hibiéndose dado cumplimiento con todas las formalidades legales del caso, corresponde adjudicar y aprobar dicha propuesta.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Apruébase en todas sus partes lo actuado por la H. Junta Nacional de Almonedas de Comunicaciones en su reunión de fecha 17 de diciembre de 1974, adjudicándose a la firma "La Papelera S.A. los trabajos de impresión de 16.900.000 piezas de estampillas y 48.000 hojas recordatorias, según la propuesta presentada por la indicada firma y por la suma total de $b. 3.023.586.40 (TRES MILLONES VEINTITRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS -- 40/100 PESOS BOLIVIANOS).
ARTÍCULO 2.- En representación del Supremo Gobierno suscribirán el respectivo contrato de ley, el Ministro de Transportes Comunicaciones y Aeronáutica Civil, Contralor General de la República, Fiscal de Gobierno y Director Nacional de Correos.
ARTÍCULO 3.- El costo de la erogación se imputará al Giro N° 222-5-1 (Imprenta) del presupuesto del Servicio Postal.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, queda encargado de la Ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de enero de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.