21 DE ENERO DE 1975 .- Apruébase el nuevo plan de financiamiento y actualización de costos presentado por SAMAPA para el abastecimiento de agua a La Paz en la 1° fase de la 2° etapa por la suma de D.M. — 23.889.000.—.
DECRETO SUPREMO N° 12206
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, en cumplimiento del crédito otorgado por el Gobierno de la República Federal de Alemania, a través del Kreditanstalf fur Wiederaufbau, el Gobierno de Bolivia, para el abastecimiento de agua potable para la ciudad de La Paz, la entidad ejecutora (SAMAPA) de los 21 subproyectos, correspondientes a la Primera Fase de la Segunda Etapa, ha iniciado sus labores desde el mes de mayo de 1974, con el llamamiento a propuestas para sus diferentes necesidades, muchas de las que el cumplimiento de su término han sido ya consideradas en su análisis comparativos.
Que, la distribución cuantitativa del crédito para la ejecución de obras y suministros, ha sido calculada en base de los precios y cotizaciones conocidas en el año 1972, las que al presente han sufrido un incremento fluctuante en el cien por ciento como una consecuencia de la crisis mundial.
Que, el Supremo Gobierno de Bolivia en el inciso 3° del Articulo 1° del Contrato de Préstamo de 36.000.000.oo.- de D.M. suscrito con el Kreditanstalt fur Wiederaufbau se ha comprometido como prestatario a garantizar la financiación total del proyecto y a demostrar ante el Kreditanstalf, cuando este lo solicite la cobertura de los gastos no financiados con dicho préstamo.
Que, como consecuencia lógica de estos incrementos en materiales y suministros, también se ha acentuado la elevación en costos y mano de obra que directamente inciden en la ejecución de los sub-proyectos tan indispensables para el abastecimiento de agua potable en la ciudad de La Paz, los que se ven seriamente afectados por la disminución adquisitiva del crédito, circunstancia determinante para autorizar al Servicio Autónomo Municipal de Agua Potable y Alcantarillado “SAMAPA” ejecutora de los mencionados 21 proyectos efectuar un estudio de refinanciamiento de los mismos con la correspondiente actualización de costos.
Que, con este temperamento “SAMAPA” ha elevado a consideración del Supremo Gobierno un nuevo cronograma de obras ajustado a las realizaciones inmediatas con el producto del crédito de 36.000.000. D.M. y aporte del Gobierno de 12.700.000.- ya concretado, más los nuevas incidencias de precios y costos que rigen al presente y que ascienden a la suma total de $b.- 93.332.000.- de D.M. por lo que corresponde al Supremo Gobierno incrementar su aporte a al suma de 23.889.000.- de D.M. debiendo por el saldo de 33.443.000.- D.M. conseguir una ampliación de crédito por parte del Gobierno de la República Federal de Alemania.
Que, no es posible al Supremo Gobierno absorver íntegramente los aportes para la efectivización de la ampliación de los créditos a obtenerse por lo que corresponde acrecentar la capacidad económica de la entidad obligada a la cobertura de los mismos en este caso, concretamente de “SAMAPA”
Que, teniendo presente las actuales deficientes circunstancias, que inciden en el abastecimiento de agua potable en la ciudad de La Paz, no es posible desechar la cristalización total de las obras proyectadas dentro de la Primera Fase de la Segunda Etapa y en consecuencia es deber del Supremo Gobierno cumplir con los compromisos adquiridos para dicho fin.
EN CONSEO DE MINISTROS Y CON EL DICTAMEN FAVORABLE DEL CONSEJO NACIONAL DE ECONOMIA Y PLANEAMIENTO,
D E C R E T O:
ARTÍCULO 1.- Apruébase el nuevo Plan de Financiamiento y la actualización de costos presentado por el Servicio Autónomo Municipal de Agua Potable y Alcantarillado “SAMAPA”, para la cristalización de las obras de abastecimiento de agua potable para la ciudad de La Paz, en la Primera Fase de la Segunda Etapa en consecuencia se eleva el aporte local a la suma de 23.889.00.- D.M. de los cuales ---12.700.000.- D. M están comprometidos por el Tesoro Gral. de la Nación, con aporte del Supremo Gobierno, de los cuales 10.136.900. serán desembolsados en la presente gestión de 1975, el saldo será cubierto de acuerdo al señalado plan de Financiamiento.
ARTÍCULO 2.- El saldo de aporte local correspondiente a la ampliación de créditos o sea la suma de 11.189.000. será cubierto el Servicio Autónomo Municipal de agua Potable y Alcantarillado “SAMAPA”, por medio de un crédito que le otorgará el Banco Central de Bolivia en el mes de enero de -1976, indefectiblemente, bajo las condiciones que acordarán independientemente ambas instituciones con intervención del Ministerio de Finanzas.
ARTÍCULO 3.- Para que “SAMAPA” pueda cumplir satisfactoriamente con la amortización del crédito, anteriormente señalado, se dispone y autoriza el incremento en sus tarifas, que cobra por el servicio de agua potable, en la proporción del 20% en las correspondientes a volúmen de agua registrado con medidores o sea razón de $b. 1.80 por metro cúbico, y el 30% en las tarifas correspondientes a valores catastrales de los inmuebles, que deben hacerse efectivo en su cobro a partir del 1° de enero del presente año.
ARTÍCULO 4.- El Supremo Gobierno de Bolivia, dada la urgente prioridad de la realización de las obras de la Primera Fase de la Segunda Etapa, con sus 21 subproyectos iniciará de inmediato por intermedio del Ministerio de Relaciones Exteriores, las gestiones ante el Gobierno de la República Federal de Alemania la ampliación del crédito obtenido, con la suma adicional de 33.443.000 de D.M.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Planemiento y Coordinación, Finanzas, Urbanismo y Vivienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presento Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de enero de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzman Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.