24 DE ENERO DE 1975 .- Quedan congelados, con carácter general, en sus actuales niveles los sueldos y salarios en todo el país.
DECRETO SUPREMO Nº 12211
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, la política económica trazada por el Supremo Gobierno ha permitido mejorar la balanza de pagos, aumentar las resrevas monetarias, aumentar la tasa de crecimiento del producto bruto interno y establece un régimen de estabilidad y paz social, preparado al país para encarar los problemas internos y externos con el menor costo social posible;
Que, en las actuales circunstancias una elevación meramente cuantitativa de sueldos y salarios desajustaría la solidez del sistema económico logrado hasta ahora como resultado de una administración responsable e iría en detrimento precisamente, de las mayorías nacionales, cuyo bienestar constituyen el objetivo fundamental del Gobierno;
Que, la experiencia demuestra que los aumentos masivos de sueldos y salarios determina una escala de los precios que genera escasez, ocultamiento, acaparamiento y especulación, y disminuye el poder adquisitivo del salario;
Que, el país requiere soluciones integrales de corto, mediano y largo plazo orientadas a un desarrollo acelerado que efectivamente el nivel de vida de la población, para cuyo objeto requiere de un plan económico social de aplicación inmediata como único medio de resolver los graves problemas que la economía de nuestros días plantea a la humanidad;
Que, habiéndose dispuesto mediante Decreto Supremo N° 12185 de 17 de enero de 1975, el congelamiento de precios de los artículos de primera necesidad y adoptado medidas colaterales tendentes a incrementar el poder adquisitivo de los sueldos y salarios, es conveniente mantener las remuneraciones en sus actuales niveles;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Quedan congelados, con carácter general, en sus actuales niveles los sueldos y salarios en todo el país.
Los señores Ministros de Trabajo y Desarrollo Laboral y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de enero mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jimenez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.