12 DE FEBRERO DE 1975 .- Apruébase la adjudicación efectuada por el Consejo Nacional de Vivienda del Magisterio para la construcción de 20 viviendas en la ciudad de Santa Cruz.
DECRETO SUPREMO N° 12230
GENERAL HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, el Consejo Nacional de Vivienda del Magisterio, con la facultad conferida por el D. S. No. 10734 de 16 de febrero de 1973, mediante Licitación No. 003/74, convocó a propuestas para la construcción de 20 (veinte) viviendas de interés social, que se ejecutarán en la ciudad de Santa Cruz, en favor de los maestros de ese Distrito, cuyo financiamiento será con fondos propios.
Que, la Junta de Licitaciones del Consejo Nacional de Vivienda del Magisterio (COVIMA), en su reunión No. 6 celebrada el 25 de septiembre de 1974, procedió a la apertura de las propuestas y designó la Comisión Calificadora:
Que, habiendo sido aprobado por unanimidad el informe de dicha Comisión, adjudicó en su reunión No. 7 de fecha 3 de octubre la construcción de las 20 (veinte) viviendas tipo "A" a la Empresa Constructora CORPING LTDA., por el precio de: $b. 1.808.608.- (UN MILLON OCHOCIENTOS OCHO MIL SEISCIENTOS OCHO 00/100 PESOS BOLIVIANOS):
Que, de conformidad con el inc. e) del Art. 13 del D. S. No. 11356 de 22 de febrero de 1974, corresponde aprobar,
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación hecha por la Junta de Almonedas del Consejo Nacional de Vivienda del Magisterio (COVIMA) en fecha 3 de octubre de 1974 en favor de la Empresa Constructora CORPING LTDA., para la construcción de 20 (veinte) viviendas de interés social, en la ciudad de Santa Cruz, destinadas a beneficiar a los maestros de ese distrito, por el valor de: $b. 1.808.608.- (UN MILLON OCHOCIENTOS OCHO MIL SEISCIENTOS OCHO 00/100 PESOS BOLIVIANOS);
ARTÍCULO 2.- Autorízase la suscripción del contrato al Consejo Nacional de Vivienda del Magisterio, personeros de la Empresa Adjudicataria CORPING LTDA. con la intervención del Fiscal de Gobierno y Contralor General de la República, debiéndose sujetar a las prescripciones del Capítulo VII del D. L. No. 10120 de febrero de 1972.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Urbanismo y Vivienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de febrero de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, René Bernal Escalante, Juan Pereda Asbún, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereyra, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.