05 DE MARZO DE 1975 .- Autorízase la Banco Central, conceder cartas de garantía hasta la suma de D.M. 290.884.— para la adquisición de un Laboratorio de Química para la Universidad Tomás Frías.
DECRETO SUPREMO N° 12281
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, el Consejo Nacional de Educación Superior (CNES) ha solicitado que el Supremo Gobierno, autorice al Banco Central de Bolivia el otorgamiento de una carta de garantía en favor de la Universidad Boliviana “Tomás Frías” de la ciudad de Potosí, para la obtención de un crédito concedido por la firma “Karl Kolb” de la República Federal de Alemania, a través de la firma boliviana “Casa Bernardo S. A.”, destinado a la adquisición de un Laboratorio de Química, por un monto total de 363.605. D. M. (Marcos Alemanes);
Que, la Junta de Almonedas de la Universidad de Potosí, en marzo de 1974, lanzó una licitación pública para la provisión de un Laboratorio de Química;
Que, a la referida licitación se presentaron tres firmas interesadas, de cuyo análisis llevado a cabo por una comisión integrada por personeros de la citada Universidad y el representate del Contralor Departamental en fecha 3 de octubre de 1974, se arribó a la conclusión de que la oferta presentada por “Casa Bernardo”, representante de “Karl “Kolb”, era la única que se sujetaba a los requerimientos técnicos y económicos detallados en el pliego de especificaciones respectivo;
Que, el contrato a suscribirse entre la Universidad de Potosí y “Casa Bernardo”, estipula un monto total de 363.605. D.M. como crédito destinado a la adquisición del mencionado laboratorio, monto del cual se cancelará el 20 por ciento a la firma del contrato y acordando que el saldo restante de 290.884. D.M., se cancelará en tres años plazo, con un interés del 8.5% anual sobre saldos pagaderos semestralmente y respaldados por seis letras iguales en marcos alemanes, aceptados por la Universidad “Tomás Frías” y avalados por el Banco Central de Bolivia;
Que, el Laboratorio de Química a adquirir por la citada Universidad se destinará para el estudio y experimentación que realicen los alumnos de esa Casa Superior de Estudios, con el objeto de obtener su eficiente formación profesional, para un mejor aprovechamiento de los recursos naturales no renovables.
EN CONSEJO DE MINISTROS Y CON EL DICTAMEN FAVORABLE DEL CONSEJO NACIONAL DE ECONOMIA Y PLANEAMIENTO,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Se autoriza, con carácter excepcional, al Banco Central de Bolivia, a conceder cartas de garantía hasta la suma de 290.884.- D.M. (DOSCIENTOS NOVENTA MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MARCOS ALEMANES), requerida en el financiamiento que la Universidad Boliviana “Tomás Frías” de la ciudad de Potosí, va a obtener de la firma “Karl Kolb” de la República Federal de Alemania, representada por la “Casa Bernardo S.A.” con destino a la adquisición de un Laboratorio de Química.
ARTÍCULO 2.- Los términos y condiciones de la garantía referida en el artículo anterior, serán convenios entre el Banco Central de Bolivia y la Universidad de Potosí, estableciendo, en el respectivo contrato, la obligación de esta Universidad de otorgar al referido Banco la garantía de pago proveniente de sus recursos ordinarios o con sus bienes inmuebles que posee.
Los señores Ministros de Estado en sus respectivas carteras, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de marzo de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.