17 DE ABRIL DE 1975 .- Autorízase al Tesoro General de la Nación el pago hasta la suma de $b. 1.657.972.84 en favor del Magisterio Urbano y Rural dependiente del Servicio de Educación de acuerdo al detalle que se indica
DECRETO SUPREMO Nº 12373
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, en la gestión fiscal de 1974 el Ministerio de Educación y Cultura no ha cancelado las obligaciones de su sector en el Grupo de “Servicios Personales” Sub-grupo “Empleados Permanentes” en las Partidas 111, 113, 115, 116 correspondientes a los Items de “Haberes Básicos”, “Categorías”, “Bonos”, “Aguinaldos” y “Asignaciones Familiares” en el Magisterio Urbano y Rural, cuyo monto total alcanza a la suma de $b. 1.657.972.84.
Que, los conceptos mencionados por servicios prestados que adeuda el Ministerio de Educación al ramo del Magisterio deberían ser abonados por la vía del “reconocimiento de crédito”, por ser obligaciones legalmente contraídas en la gestión fiscal fenecida el 31 de diciembre de 1974, conforme establecen los D.S Nos. 07860 de 30 de noviembre de 1966 y 12262 de 24 de febrero del presente año.
Que, el trámite administrativo de “reconocimiento de crédito” por el número de personas que deben seguir la acción pertinente representa un recargado trabajo burocrático, como asimismo dificultades para los acreedores del Estado que se encuentran en el interior del país, para hacer efectivo su pago dentro un término que les sean beneficiados en cobranza.
Que, es función del Supremo Gobierno factibilizar una menor acción administrativa en beneficio de los servidores del Estado dentro del Magisterio Nacional, agilizando el pago de los beneficios a que son acreedores.
Que, dentro esta misma política se hace necesaria cancelar otras obligaciones emergentes del convenio de préstamo de 16 de agosto de 1974, suscrito entre el Gobierno de Bolivia (Prestatario) y los Estados Unidos de Norte América actuando a través de la Agencia para el Desarrollo Internacional (“A.I.D.”), en lo correspondiente al aporte del Ministerio de Educación y Cultura.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Tesoro General de la Nación, proceder el pago hasta la suma de UN MILLON SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y DOS 84/ 100 PESOS BOLIVIANOS ($b-1.657.972.84), en favor del Magisterio Urbano y Rural dependiente del Servicio de Educación , de acuerdo al siguiente detalle:
MAGISTERIO URBANO
(REINTEGRO DE ENERO A DICIEMBRE 1974)
POTOSI
Categorías $b. 73.298.-
Bonos “ 480.-
Aguinaldo “ 6.148.- 79.924.-
TRINIDAD
Haberes Básicos $b. 1.200.-
Categorías “ 22. 779.24
B o n o s “ 720.-
Aguinaldos “ 2. 084.27 26.763.51
TUPIZA
Categorías $b. 7.200.-
Aguinaldo “ 6.526.05.- 13.726.05
CAMIRI
Haberes Básicos $b. 1.200.-
Categorías “ 70.326.84.-
B o n o s “ 1.200.-
Aguinaldo “ 6.060.57.- 78.787.41
PUERTO SUAREZ
Haberes Básicos $b. 1.200.-
Categorías “ 1.920.-
B o n o s “ 240.-
Aguinaldo “ 280.- 3.640.-
VALLEGRANDE
(REINTEGRO DE ENERO A JUNIO 1974)
Aguinaldo $b. 10.610.- 10.610.-
GUAYARAMERIN
Aguinaldo $b. 2.760.33.- 2.760.33
RIBERALTA
Aguinaldo $b. 4.591.19.- 4.591.19
UNCIA
Categoría (Reintegro 1974) $b. 11.493.44.-11.493.44
TOTAL: 232.295.93
MAGISTERIO RURAL
(REINTEGRO GESTION 1974)
CAMARGO
Haberes Básicos $b. 5.800.-
Categorías “ 9.280.- 15.080.-
COCHABAMBA
Haberes Básicos $b. 3.300.-
Categorías “ 514.670.67 517.970.67
SANTA CRUZ
Haberes Básicos $b. 35.900.-
Categorías “ 504.239.74 540.139.74
ORURO
Categorías $b. 1.012.50 1.012.50
AIQUILE
Haberes Básicos $b. 2.200.-
Categorías “ 32. 780.- 34.980.-
TARIJA
Categorías $b. 131. 370.- 131.370.-
UYUNI
Categorías $b. 159.997.-
B o n o s “ 4.000.- 163.997.-
SUCRE
Categorías $b. 13.109.-
Asignación Familiar “ 8.018.-21.127.-
TOTAL: 1.426.676.91
RESUMEN
MAGISTERIO URBANO
Haberes Básicos $b. 3.600.-
Categorías “ 187.015.52
B o n o s “ 2.640.-
Aguinaldo /74 “ 15.152.84
Aguinaldo Patriótico “ 23.887.57 232.295.93
MAGISTERIO RURAL
Haberes Básicos $b. 47.200.-
Categorías “ 1.366.458.91
B o n o s “ 4.000.-
Asignación Familiar “ 8.018.-1.425.676.91
Total: 1.657.972.84
Con cargo al Grupo 500 “Deuda Pública” Sub-grupo 510 “Deuda Pública Interna, Partida 514 “Créditos Reconocidos”, de la presente gestión fiscaldel Presupuesto General de la Nación.
ARTÍCULO 2.- Asimismo el Tesoro General de la Nación procederá a cancelar con cargo a la cuenta mencionada en artículo primero los requerimientos necesarios emergentes del convenio de préstamo suscrito (Préstamo A.I.D. Nº 511-V-031) de 1F de agosto de 1974 entre el Gobierno de Bolivia (Prestatario) y los Estados Unidos de Norte América, actuando a través de la Agencia para el Desarrollo Internacional (“A.I.D.”), hasta la suma de $b. 1.451. 858.27 de acuerdo al siguiente detalle;
EQUIPO DE OFICINA Y MUEBLES
O R U R O
5 Máquinas de escribir $b. 64.260.-
1 Multicopiadora “ 19.110.-
3 Kardex fichero “ 28. 210.47
4 Archivadores “ 16.905.-
6 Máquinas calculadora “ 49.020.-
$b. 177.505.47
COCHABAMBA
Adquisición Muebles $b. 159.726.-
5 Máquinas de escribir “ 64.260.-
4 Archivadores “ 16.905.-
6 Calculadoras eléctricas “ 49.020.- 6 Kardex Metálicos “ 56.420.94
1 Multicopladora “ 19.110.-
$b. 365.441.94
SANTA CRUZ
8 Máquinas de escribir $b. 99.414.-
6 Kardex Metálicos “ 56.420.94
1 Multicopiadora “ 19.110.-
6 Máquinas calculadoras “ 49.020.-
$b. 223.964.94
SUCRE
1 Multicopiadora $b. 19.110.-
3 Kardex Ficheros “ 28.210.47
4 Archivadores “ 16.905.-
6 Máquinas Eléctricas “ 49.020.-
5 Máquinas de escribir “ 64.260.-
$b. 177.505.47
ADMINISTRACION CENTRAL DE LA PAZ
10 Archivadores $b. 40.425.-
- Adquisiciones Muebles “ 95.285.50
8 Máquinas de escribir “ 97.713.-
5 Kardex “ 47.017.45
8 Máquinas calculadoras “ 65.730.-
8 Máquinas calculadoras “ 65.730.-
9 Máquinas de escribir “ 95.539.60
Total: $b. 1.451.858.27
ARTÍCULO 3.- La adquisición precedente se efectuará previo el cumplimiento de los siguientes requisitos elaborados por la comisión constituida: a) estudio e informe favorable, conforme a las necesidades más premiosas, b) cumplimiento del D.L. de 22 de mayo de 1939 y D.S Nº 12262 de 24 de febrero de 1975 Art. 7º y 8º, c) comprobación física de los bienes adquiridos y consiguiente registro por el Departamento de Bienes Nacionales de la Contraloría General de la República y d) el plazo para dichas compras se efectuará dentro un término de 45 días.
ARTICULO 4.- Para la efectivización de los anteriores pagos se constituye una comisión integrada por un representante del Ministerio de Finanzas, Contraloría General de la República y Ministerio de Educación y Cultura, cuyos miembros serán nombrados por cada servicio, a su costa y cuenta.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas, Educación y Cultura y la Contraloría General de la República, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez y siete días del mes de abril de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.