25 DE ABRIL DE 1975 .- Incorpórase items modíficatorios en la Ordenanza de Patentes e Impuestos de la H. Alcaldía Municipal de Guayaramerín en el departamento del Beni.
DECRETO SUPREMO Nº 12404
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, la H. Alcaldía Municipal de Guayaramerín, capital de la tercera sección de la Provincia Vaca Diez del Departamento del Beni, ha presentado a la Secretaría de Coneplan, Proyecto de Ordenanza de Patentes e Impuestos, para su vigencia en la gestión de 1975.
Que, depués de un análisis minucioso y como consecuencia de haberse aprobado mediante D.S. N° 11431 de 17 de abril de1974, la Ordenanza de Patentes e Impuestos de esa Comuna, con vigencia para la gestión de 1974, se ha desestimado la aprobación global del citado proyecto de Ordenanza.
Que, el Municipio de Guayaramerín ha contraído el compromiso de atender el servicio del préstamo adquirido con el Servicio Nacional de Desarrollo Urbano "SEMU" por la suma de ($b. 2.500.000.-) dos millones quinientos mil pesos bolivianos, y cuyo destino es la construcción de un mercado moderno en esa localidad.
Que, la comisión: técnica de Finanzas-Coneplan, ha evacuado informe favorable para la creación y modificación de algunos ítem representativo de ese proyecto, con la finalidad de permitir a ese municipio, el cumplimiento de la mencionada obligación.
Con el dictámen favorable del Consejo Nacional de Economía y Planificación;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Incorpórase los Item. 34a, 34b, 50a, 9lo, y 91b; modifícanse los Item. 42 y 85 y sustitúyese los Item. 93 y 94 de la Ordenanza de Patentes e Impuestos de la H. Alcaldía Municipal de Guayaramerín; capital de la tercera sección de la Provincia Vaca Diez del Departamento del Beni, aprobada mediante D.S. Nº 11431 de 17 de abril de 1974,
ARTÍCULO 2.- Los Item. contenidos en el artículo 1° del presente Decreto Supremo, así como la Ordenanza de Patentes e Impuestos de la Honorable Alcaldía de Guayaramerín aprobada mediante Decreto Supremo N° 11431 de 17 de abril de 1974, tendrán, vigencia a partir de enero de 1975.
ARTÍCULO 3.- Derógase los Item, 53 y 94 del Decreto Supremo Nº 11431 de 17 de abril de 1974.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de abril de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.