07 DE MAYO DE 1975 .- Se amplía la liberación de la Tasa Retributiva de Servicios Prestados a la importación de maquinaria, equipos y materiales para la instalación de la fábrica de aceite de Villamontes.
DECRETO SUPREMO Nº 12446
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, mediante D.S. 10848 de 7 de mayo de 1973, se otorgó la liberación de los impuestos internos y gravámenes aduaneros a la importación de maquinaria, equipo y materiales destinados a la instalación de la fábrica de aceite comestible de Villamontes, incluyendo recargo adicional, timbres del 5% sobre el monto liberado;
Que, para facilitar la instalación y desarrollo de la fábrica de aceite comestible, es necesario otorgar las máximas facilidades ampliando el D.S. 10848.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- En vías de complementación al D.S. 10848 de 7 de mayo de 1973, se amplía la liberación de la Tasa Retributiva de Servicios Prestados, creado por D.S. 11186 de 23 de noviembre de 1973, a la importación de maquinaria, equipo y materiales destinados a la instalación de la fábrica de aceite comestible en la localidad de Villamontes.
Los señores Ministros en los Despachos de Finanzas, Industria, Comercio y Turismo, quedan encargados del cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de mayo de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, El Gabinete en Pleno.