13 DE MAYO DE 1975 .- Apruébase el préstamo concedido por el BID por la suma de $us. 2.200.000.— con destino al fomento de la ganadería porcina en Chuquisaca.
DECRETO SUPREMO N° 12479
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, el Banco Interamericano de Desarrollo, dentro de la Programación realizada para la presente gestión, ha ofrecido al Gobierno de Bolivia un préstamo de $us. 2.200.000 del Fondo de Operaciones Especiales para cuyo efecto deberá suscribirse dos convenios, uno que es el convenio de préstamo propiamente dicho que lleva el N°. 428/SF-BO autorizado por el Banco mediante Resolución de 32/75 de 6 de marzo de 1975 y otro Convenio de Cooperación Técnica de la misma fecha con fondos provenientes del préstamo.
Que, el propósito del financiamiento referido es el de cooperar en la ejecución de un programa destinado a fomentar la producción de ganado porcino en el Departamento de Chuquisaca mediante un subprograma de inversiones directas del Comité Departamental de Desarrollo y Obras Públicas de Chuquisaca y concesión de créditos para fomento de la ganadería porcina a pequeños y medianos productores de la región.
Que, es necesario aprobar estas operaciones y autorizar al Ministerio de Finanzas a suscribir los documentos correspondientes, así como autorizar la subrogación del préstamo mediante un contrato subsidiario a favor del Comité Departamental de Desarrollo y Obras Públicas de Chuquisaca.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Apruébase el préstamo concedido por el Banco Interamericano de Desarrollo por la suma de Sus. 2.200.000.- (Dos Millones Doscientos Mil Dólares 00/100) del Fondo de Operaciones Especiales del Banco con destino al fomento de la ganadería porcina en el Departamento de Chuquisaca, a cargo del Comité Departamental de Desarrollo y Obras Públicas de Chuquisaca, con quien el Gobierno deberá suscribir el correspondiente contrato subsidiario.
ARTÍCULO 2.- El préstamo concedido por el Banco será suscrito bajo los siguientes términos y condiciones:
Monto: ................................................ Plazo: ………………………………. Interés: ................................................ Amortización:………………………. Organismo Ejecutor: ……………….. | $us. 2.200.000.-. 40 años con 10 años de gracia. 1% durante los primeros 10 años, y 2% en los 30 años restantes. Semestral. Comité Departamental de Desarrollo y Obras Públicas de Chuquisaca.
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ARTÍCULO 3.- Apruébase en todos sus términos y condiciones los textos del Convenio de Préstamos y del Convenio sobre Cooperación Técnica a que se refiere el Artículo 1°.
ARTÍCULO 4.- Autorízase al señor Coronel Víctor Castillo Suárez, Ministro de Finanzas de Bolivia, para que en nombre de la República suscriba con el Banco Interamericano de Desarrollo el Convenio de Préstamo por $us. 2.200.000.- y el Convenio sobre Cooperación Técnica.
ARTÍCULO5.- Asimismo autorízase al señor Ministro de Finanzas para que en representación de la República suscriba con el Comité Departamental de Desarrollo y Obras Públicas de Chuquisaca el Convenio de Sub-rogación del préstamo para la ejecución del proyecto mencionado.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Asuntos Campesinos y Agropecuarios, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de mayo de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles, Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.