16 DE MAYO DE 1975 .- Expropiase los terrenos y construcciones hasta una extensión de 50 m. del eje del camino San Ignacio de Moxos - San Borja.
DECRETO SUPREMO N° 12493
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DEL GOBIERNO NACIONAL
C O N S I D E R A N D O:
Que, dentro de los planes del Servicio Nacional de Caminos, está contemplada la construcción del camino San Ignacio de Moxos- San Borja, en el Departamento del Beni;
Que, a fin de iniciar la ejecución de dicha obra, es necesario establecer y mantener el derecho de vía y al mismo tiempo consolidar la propiedad del Estado sobre las fuentes de aprovechamiento de los materiales necesarios para la construcción de dicha carretera;
Que, es deber del Supremo Gobierno, facilitar la realización de esta importante obra, cuyo objetivo es el de propender al desarrollo de la zona.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Declárase de necesidad y utilidad pública, la expropiación de los terrenos y construcciones que pudieran existir hasta una extensión de cincuenta (50) metros a cada lado del eje del camino San Ignacio de Moxos-San Borja, así como de todas las fuentes de materiales de construcción que se encuentran en dicha extensión, de conformidad a los planos preparados por el Servicio Nacional de Caminos.
ARTÍCULO 2.- La Prefectura del Beni y Alcaldías Municipales en lo que les corresponda quedan encargados de los respectivos trámites de expropiación de acuerdo con las formalidades establecidas por Ley de 30 de diciembre de 1884 y otras conexas.
ARTÍCULO 3.- El valor correspondiente de los terrenos a expropiarse y de las fuentes de materiales de construcción, será compensado con la Plus Valía que adquieran como resultado de la construcción de la carretera San Ignacio de Moxos- San Borja, a excepción de aquellos terrenos y construcciones cuya superficie sea íntegramente expropiada en tales casos el valor respectivo será cancelado previo justiprecio de acuerdo con las formalidades de la Ley citada, con fondos que proveerá el Ministerio de Finanzas.
Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, Finanzas y del Interior quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciseis días del mes de mayo de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelayas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Walter Núñez Rivero.