16 DE MAYO DE 1975 .- Autorízase a la H. Alcaldía de Cochabamba transferir 30.000 m.2 de terrenos en la zona San José de la Banda, en favor de la cooperativa Borís Banzer Prada.
DECRETO SUPREMO N° 12499
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, familias de escasos recursos económicos de una zona marginal de la ciudad de Cochabamba se han constituído en una Cooperativa de Vivienda denominada “Boris Banzer Prada” con la finalidad de obtener vivienda propia,
Que, es deber del Estado, fomentar y dotar de viviendas a todos los sectores de la población de acuerdo a objetivos obtenidos en la Ley Fundamental de Vivienda.
Que, la Cooperativa de Vivienda “Boris Banzer Prada” con personería legalmente reconocida, demanda la necesidad de asentamiento en terrenos de patrimonio municipal, situados en la zona sud-oeste de la capital urbana de Cochabamba de acuerdo a Informe Técnico, con la superficie útil de treinta mil metros cuadrados (30.000 mt2) con destino al loteo y construcción de viviendas; con el precio unitario de $b. 10.- el metro cuadrado, conforme a certificación de la Dirección General de Catastro.
Que, para dar curso legal a la solicitud existente en la Alcaldía Municipal de Cochabamba, sobre la adjudicación del área ubicada en San José de la Banda dentro los límites del perímetro de la manzana 1004 reconocida por informe Nº 3276 de 2 de diciembre de 1974.
EN CONSEJOS DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Alcaldía Municipal de Cochabamba, transferir a título oneroso, treinta mil metros cuadrados (30.000 mt.2.) de terreno en la zona urbanizada sud-oeste de San José de la Banda dentro los límites y perímetro de la manzana 1004 en favor de la Cooperativa de Vivienda “Boris Banzer Prada” con destino a la construcción de viviendas de interés social.
ARTÍCULO 2.- El monto del valor total de los terrenos con el precio unitario de $b. 10.- por metro cuadrado, será pagado por la Cooperativa de Vivienda “Boris Banzer Prada” con la intervención de la Controlaría Departamental.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Urbanismo y Vivienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciseis días del mes de mayo de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Walter Núñez Rivero.