23 DE MAYO DE 1975 .- Autorízase a la Presidencia de la República transferir el inmueble LAS RETAMAS de la Av. Arce al Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aero, náutica Civil por la suma de $b. 6.000.000.-
DECRETO SUPREMO Nº 12513
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, el incremento de actividades del Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, requiere ampliar sus instalaciones y centralizar las distintas reparticiones dependientes de la Subsecretaría de Aeronáutica Civil, que por falta de espacio funcionan en edificios distantes con la consiguiente carga de pago de alquileres.
Que, la Presidencia de la República es propietaria del inmueble denominado “LAS RETAMAS” ubicado en la Av. Arce Nº 2579, cuya extensión superficial es de dos mil novecientos cuarenta y tres y medio metros cuadrados (2.943,5 m2.) con un frente sobre la Av. Arce de 20 metros y cinco centímetros lineales y un contrafrente de 26 metros y setenta centímetros sobre el camino a Obrajes, con una profundidad de 150,40 metros; adquirida por compra a su anterior propietario Nicolás Linale Porcella, según consta en la escritura pública de compra venta Nº 195 de fecha 6 de abril de 1973.
Que, se precisa contar con fondos económicos para la construcción de la residencia Presidencial, a cuyo objeto se hace necesario transferir el indicado inmueble al Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil.
Que, por otra parte la Presidencia de la Republica, requiere construir una nueva vivienda destinada a la Residencia de S.E. el señor Presidente de la República, la misma que debe ser adecuada a su jerarquía y acorde con las exigencias de comodidad y seguridad inherentes a su alta investidura.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Autorízase a la Presidencia de la Republica transferir el inmueble de su propiedad, denominado “LAS RETAMAS” ubicado en la Av. Arce Nº 2579 de esta ciudad; cuya extensión superficial es de dos mil novecientos cuarenta y tres y medio metros cuadrados (2.943,5 m2.), con un frente de 20 metros y 5 centímetros y un contrafrente de 26 metros y 70 centímetros y una profundidad de 150,40 metros a favor del Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil por el precio total de SEIS MILLONES 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 6.000.000 .-) que serán cancelados por el “FONDO NACIONAL DE AERONAUTICA CIVIL” con un cargo a la cuenta 3-M-334 Subsecretaría de Aeronáutica Civil.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorízase a los señores: Cnl. DAEM Víctor Castillo Suárez, Ministro de Finanzas; Lic. Rolando Kempff Mercado, Contralor General de la República y Dr. Alfonso Palacios del Castillo, Fiscal de Gobierno; para que en representación de la Presidencia de la República suscriban la respectiva escritura traslativa de dominio con el señor Ministro de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, My. DIM. (r) Julio Trigo Ramírez.
ARTÍCULO TERCERO.- Por tratarse de una transferencia que interesa al servicio público, para el perfeccionamiento de la misma se dispone la liberación de impuestos Nacionales, Departamentales, Municipales y Universitarios creados o por crearse, incluyendo el pago de timbres.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, quedan encargados del cumplimiento y la ejecución del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitres días del mes de mayo de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busc, Guillermo Jiménez Gallo, Walter Núñez Rivero.