04 DE JUNIO DE 1975 .- Apruébase el préstamo de Sus. 4.134.400.— otorgado por CAF en favor de ENTEL para la instalación de Estación Terrena de' Comunicaciones vía Satélite,
DECRETO SUPREMO Nº 12559
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (ENTEL), dentro del proceso de ejecución del Plan Nacional de Telecomunicaciones viene ejecutando la instalación de la Red Troncal de Microondas y la Red Nacional de Alta Frecuencia, como medio para la modernización de las comunicaciones.
Que, para la incorporación de ENTEL al sistemas de comunicaciones internacionales vía satélite, se hace necesaria la instalación de una Estación Terrena para Comunicaciones vía satélite, cuyo proyecto de ejecución fue autorizado por el Supremo Gobierno mediante Decreto Supremo No 12051 de 19 de diciembre de 1974.
Que, habiendo obtenido el Supremo Gobierno a través de la Corporación Andina de Fomento, financiamiento para el establecimiento de la mencionada Estación Terrena y correspondiendo aprobar este crédito y autorizar la suscripción del contrato de préstamo y del contrato de garantía.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Apruébase el préstamo otorgado de la Corporación Andina de Fomento (CAF) en favor de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (ENTEL), por la suma de Cuatro Millones Ciento Treinta y Cuatro Mil Cuatrocientos Dólares Americanos ($us. 4.134.400.-) con destino a financiamiento del proyecto de instalación de una Estación de Terrena para Comunicaciones vía Satélite en el país, bajo los siguientes condiciones:
CREDITO A
Monto: | $us. 60.000.-
---|---
Plazo: | 6 años, incluye dos años de gracia.
Interés: | 5% anual.
Amortización: | Semestral .
Objeto: | Asistencia Técnica.
CREDITO B
Monto: | $us. 4.074.400.-
---|---
Plazo: | 10 años, incluye 2 años de gracia.
Interés: | 8% anual.
Amortización: | Semestral.
Objeto: | Adquisición de bienes y servicios.
ARTÍCULO 2.- Autarízase al señor Ministro de Finanzas para que en representación de la República de Bolivia, suscriba el Contrato de Garantía por el que se afianza el préstamo que se refiere con el artículo anterior
ARTÍCULO 3.- Autorízase al señor Presidente del Directorio y Gerente General de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, para que en representación de la Empresa ENTEL, suscriban el Contrato de Préstamo por la suma de $us. 4.134.400.- especificado en el artículo 1° del presente Decreto, en calidad de Deudora y Organismo Ejecutor del Préstamo.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finazas y Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de junio de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzales Fuentes, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Wálter Núñez Rivero.