06 DE JUNIO DE 1975 .- Apruébase la Convención sobre la prohibición del Desarrollo, Producción y Almacenamiento de Armas Bacteriológicas y Toxínicas y sobre su destruc. ción, suscrita en Nueva York el 16 de diciembre de 1971.
DECRETO SUPREMO Nº 12580
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, el 16 de diciembre de 1971 fue adoptada, entre las Resoluciones de la XXVI Asamblea General de las Naciones Unidas, una Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción y el Almacenamiento de Armas Bacteriológicas (biológicas y Toximicas y sobre su Destrucción, en la cual participó Bolivia.
Que, conviene a los intereses de Bolivia proceder a l ratificación de dicha Convención Internacional.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase y ratifícase la Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción y el Almacenamiento de Armas Bacteriológicas (biológicas) y Toxínicas y sobre su Destrucción, suscrita en Nueva York el 16 de diciembre de 1971.
Los señores Ministros en los despachos de Relaciones Exteriores y Culto, y Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución y el cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de junio de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.