11 DE JUNIO DE 1975 .- Autorízase al Ministerio de Defensa la adquisición de 6 camionetas y 1 camioneta de la casa Toyota y de Howson, 1 automóvil.
DECRETO SUPREMO Nº 12601
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, el Comité de adquisiciones del Ministerio de Defensa, en fecha 23 de abril pasado ha autorizado la adquisición directa de nueve automotores con destino al Comando de Ingeniería del Ejército y a la Dirección del Servicio de Hidrografía Naval, para uso inmediato en trabajos de interés nacional;
Que, con el expresado fin, se ha recabado cotizaciones de la plaza comercial, siendo las ofertas más favorables las formuladas por la firma “Toyota Boliviana Ltda.” para la provisión de siete camionetas y una vagoneta y a la firma “Howson S. A.” para la venta de un automóvil;
Que, por consiguiente es necesario autorizar la adquisición referida.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Ministerio de Defensa Nacional adquiera de las firmas que se detallan a continuación los automotores siguientes:
“Toyota Boliviana Ltda”.
Seis camiones “Toyota” Pick-up, FJ-45, modelo 1975, doble tracción y motor 6 cinlindros en línea, al precio unitario de $us. 6.200 para el Comando de Ingeniería del Ejército. 37.200.-$us.................................................................................................................................................
Una vagoneta FJ-55, station wagon, modelo 1975, motor de gasolina, con distino al Servicio de Hidrografíaí Naval, el precio de 7.700.-$us.............................................................................
Una comienta FJ-45, modelo 1975, con destino al Servicio de Hidrografía Naval, al precio de 6.200.- $us. ...................................................................................................................................
Casa “Howson S. A.”
Un automóvil Dodge Dart Custon (USA), modelo 1975, sedán de cuatro puertas, con destino al Comando de Ingeniería del Ejército, al precio de 7.236.23 $us................................................
ARTÍCULO 2.- Los vehículos motorizados cuya adquisición se autoriza en el artículo precedente, quedan liberados de los derechos aduaneros conforme al Decreto Supremo Nº 10142 de fecha 3 de marzo de 1972; debiendo el Ministerio de Finanzas expedir las resoluciones liberatorias a la presentación de los documentos neecsarios, según lo previsto en la legislación aduanera vigente.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de junio de mil novecientos sententa y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivera.