17 DE JUNIO DE 1975 .- Apruébase el Estatuto Orgánico del Consejo Nacional de Vivienda, para Trabajadores Fabriles, Constructores y Gráficos sus 6 títulos, tules y 77 artículos.
DECRETO SUPREMO Nº 12618
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, por Decreto Supremo Nº 10733 de 16 de febrero de 1973, fue creado el Consejo Nacional de Vivienda para Trabajadores Fabriles, Constructores y Gráficos para aplicar el Régimen de Vivienda de Interés Social en favor de los Trabajadores de dichos sectores laborales del país;
Que, para el cumplimiento de esta finalidad es necesario dictar la norma legal que adecúe su desenvolvimiento a la Política Nacional de Vivienda fijada por el Supremo Gobierno de la Nación.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Apruébase el Estatuto Orgánico del Consejo Nacional de Vivienda para Trabajadores Fabriles, Constructores y Gráficos en sus 6 Títulos, 23 Capítulos y 77 Artículos.
ARTÍCULO 2.- Quedan derogadas las disposiciones legales contrarias al presente Decreto.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Urbanismo y Vivienda queda encargado de su ejecución y cumplimiento.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de junio de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, El Gabinete en Pleno