09 DE JULIO DE 1975 .- Vigencia del D.S. Nº 11924 con firmándose que las exportaciones de coca en hojas pagarán el impuesto conforme a escala independiente a la regalía por exportación.
DECRETO SUPREMO N° 12667
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que, el Decreto Supremo número 11924 de 30 de octubre de 1974, dispone que la exportación de coca en hoja está sujeta a la escala que contempla su artículo Primero;
Que, para su legal interpretación es necesario ratificar la vigencia del referido Decreto Supremo 11924;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Ratifícase la vigencia del Decreto Supremo 11924 de 30 de octubre de 1974, confirmándose que las exportaciones de coca en hoja están sujetas al pago del impuesto conforme a la escala fijada en su Artículo Primero, independiente de la regalía a la exportación, establecida en la Resolución Ministerial número 313 de fecha 8 de octubre de 1971.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Subsiste la obligación que tienen los exportadores de recabar para cada caso, Licencia Previa en la Dirección General de Comercio Exterior del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, previa autorización del Ministerio del Interior expedida a través de la Dirección de Drogas y Substancias Peligrosas.
ARTÍCULO TERCERO.- Se deroga la disposición contenida en el Artículo Tercero del Decreto Supremo número 12344 de 4 de abril del presente año, por el que se grava a este producto con el pago de impuesto Nacional del 15% creado por el Artículo 22° inciso d) del Decreto Supremo número 10550 de 27 de octubre de 1972.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas e Industria, Comercio y Turismo, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de julio de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.