15 DE JULIO DE 1975 .- Dispónese que la Dir. Gral. de la Policía efectúe el depósito de cheques IBM en la Cta. ordinaria del Tesoro Nacional, girados a nombre de los postulantes a guardias del Regimiento Policial N° 8.
DECRETO SUPREMO N° 12676
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, los postulantes a Guardias del Regimiento Policial N° 6 no prestaron servicios durante el mes de enero de la presente gestión fiscal, en razón de que el Comando de dicha Unidad estuvo obocado a la selección y exámenes de admisión de postulantes, arrojando por este concepto un ahorro de ejecución, susceptible de ser empleado en la construción de edificios policiales y adquisición de materiales y menajo de cocina.
Que, a mérito de dar curso a la utilización de estos recursos en los fines mencionados, se requiere con carácter previo determinar el depósito de todos los cheques IBM. girados a nombre de los referidos Guardias en la cuenta ordinaria del Tercero Nacional a fin de elaborar el correspondiente traspaso de fondos.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Dispónese que la Dirección de la Policía Boliviana efectúe el depósito de cheques IBM, en la cuenta ordinaria del Tesoro Nacional, girados a nombre de los postulantes a Guardias del Regimiento Policial N° 8, correspondientes al mes de enero de la presente gestión fiscal.
ARTÍCULO 2.- Con cargo a los anteriores recursos se autoriza al Ministerio del Interior, Migración y Justicia iniciar la construcción de dormitorios y oficinas policiales, instalación de cocinas y adquisición de menajes de cocina y comedor.
ARTÍCULO 3.- Con los fines de viabilizar los desembolsos, se autoriza al Ministerio, del Interior Migración y Justicia, para que dentro de su Presupuesto correspondiente a la presente gestión fiscal, efectúe un traspaso de fondos por la suma de SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 698.000.-), de acuerdo al siguiente detalle:
100 | SERVICIOS PERSONALES | 581.150.-
110 | EMPLEADOS PERMANENTES | 581.150.-
111 | Haberes Básicos | 41.041.-
113 | Bonos | 540.709.-
300 | MATERIALES Y SUMINISTROS | 116.250.-
320 | SUMINISTROS GENERALES | 116.250.-
324 | Alimentos | 116.250.-
Total: | 698.000.-
A:
300 | MATERIALES Y SUMINISTROS | 620.000.-
320 | SUMINISTROS GENERALES | 120.000.-
321 | Materiales para Limpieza y Usos Domésticos | 120:000.-
330 | SUMINISTROS PARA CONSTRUCCION Y MANTENIMIENTO | 400.000.-
335 | Materiales para Construcción y Edificación | 400.000.-
400 | ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS | 178.000.-
490 | MAQUINARIA Y EQUIPO | 178.000.-
491 | Equipo de Oficina y Muebles | 178.000.-
Tota1: | 698.000.-
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas e Interior, Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de julio de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.