21 DE JULIO DE 1975 .- Apruébase el convenio de 8 de julio de 1975 suscrito en Santa Cruz para realizar el estudio, diseño final y ejecución de la carretera Viru-Viru hasta empalmar con la carretera Montero-Yapacani.
DECRETO SUPREMO N° 12687
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, habiéndose concluído hasta la altura de Viru - Viru quince kilómetros al norte de la ciudad de Santa Cruz, el estudio de la carretera Corumbá - Santa Cruz, se requiere que sea integrada hasta empalmar con la carretera Montero - Yapacaní, con objeto de que cumpla con el propósito principal que persigue el proyecto de unir Santos-Arica.
Que como consecuencia de la preocupación del Supremo Gobierno para que el tramo omitido se integre a la carretera principal, ha sorrespondido al Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, tomar la iniciativa en la complementación del estudio y en la ejecución misma de la carretera mediante un convenio suscrito con el Comité de Obras Públicas de Santa Cruz para la elaboración del diseño y ejecución del referido tramo de carretera.
Que las condiciones para dicha cooperación están contenidas en el convenio de 8 de julio de 1975 suscrito por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, y el Comité de Obras Públicas de Santa Cruz, el mismo que debe ser homologado mediante Decreto Supremo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébase y se homologa el convenio de 8 de julio de 1975 suscrito en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra por el Titular del Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil y los personeros del Comité de Obras Públicas de Santa Cruz para realizar, en forma conjunta, el estudio, diseño final y ejecución de la carretera comprendida desde Viru-Viru hasta empalmar con la cerretera Montero - Yapacaní en un punto próximo a la ciudad de Montero, capital de la Provincia Santiesteban del Departamento de Santa Cruz.
ARTÍCULO 2.- Autorízase al Comité de Obras Públicas de Santa Cruz, destinar y atender con sus propios recursos los gastos que demande el estudio final de la carretera Viru -Viru- Montero.
Los señores Ministros en los Despachos de Transporte, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, de Finanzas y de Urbanismo y Vivienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiun días del mes de julio de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero, Víctor Castillo Suárez.