23 DE JULIO DE 1975 .- Convalidar la Resolución de la Junta de Almonedas del Ministerio de Industria y Comercio para la adquisición de 600.000 envases de algodón crudo para ENA en las cantidades que se indican en el presente Decreto Supremo.
DECRETO SUPREMO Nº 12726
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Empresa Nacional del Arroz ENA, ha convocado a propuestas para la provisión de 600.000 envases destinados al programa de Comercialización de arroz de producción nacional de la cosecha 1975;
Que, una vez consideradas las propuestas, la H. Junta de Almonedas del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, en su reunión de fecha 23 de mayo del presente año, ha aceptado las presentadas por las firmas Textiles Orientales S.A. de la ciudad de Santa Cruz y Manufacturas de Algodón S.A. de esta ciudad, adjudicando a Textiles Orientales S. A. 360.000 envases y a Manufacturas de Algodón S.A. 240.000 envases, que en conjunto cubren la cantidad requerida por la Empresa Nacional del Arroz;
Que, la oferta de Textiles Orientales consigna $b. 11.55 por unidad de envases incluyendo el impuesto del 5% sobre ventas, y la oferta de Manufacturas de Algodón S.A. consigna $b. 11.20 por unidad de envases excluyendo impuestos sobre ventas;
Que, la Junta de Almonedas en consideración, a haberse iniciado la cosecha del arroz del presente año, y siendo la provisión de envases de primera urgencia para la Empresa Nacional del Arroz, decidió adjudicar a las firmas mencionadas;
Que, las propuestas de las citadas firmas responde a las exigencias del Pliego de Especificaciones y se hallan de acuerdo con las disposiciones legales vigentes sobre licitaciones.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Convalidar en toda forma de derecho la Resolución de la Honorable Junta de Almonedas del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo de fecha 23 de mayo del presente año para la adquisición de 600.000 envases de algodón crudo para la Empresa Nacional del Arroz ENA en las cantidades y condiciones que se indican a continuación:
A la firma Textiles Orientales S. A. de la ciudad de Santa Cruz la cantidad de 360.000 envases, al precio unitario de $b. 11.25 incluido el impuesto del 5% sobre ventas, para su entrega en las Oficinas de la Empresa Nacional del Arroz en la ciudad de Santa Cruz.
A la firma Manufacturas de Algodón S.A. de esta ciudad la cantidad de 240.000 envases al precio unitario de 11.20 excluyendo el impuesto sobre ventas, para su entrega en las oficinas de la Empresa Nacional del Arroz, en las ciudades de Santa Cruz y Cochabamba.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Industria, Comercio y Turismo y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitres días del mes de julio de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.