14 DE AGOSTO DE 1975 .- Apruébase el Contrato de Préstamo a celebrarse entre el BID y el Banco Industrial por la suma de $us. — 6.000.000.— para la modernización y ampliación de empresas industrialse y turísticas.
DECRETO SUPREMO N° 12775
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, el Banco Industrial S.A. ha obtenido un crédito del Banco Interamericano de Desarrollo, con destino al financiamiento de proyectos de creación, ampliación y modernización de empresas industriales y turísticas del sector privado nacional.
Que, de acuerdo a sus reglamentaciones, el Banco Interamericano de Desarrollo, para la concesión de este crédito, requiere de la aprobación y la garantía del Estado.
Que, es política del Supremo Gobierno prestar su cooperación a todas aquellas actividades que permitan el desarrollo integrado del país, siendo necesario por tanto, aprobar el préstamo y la garantía del Estado, autorizarndo al Ministro de Finanzas a suscribir el correspondiente contrato.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO l.- Apruébase y ratifícase, en todos sus términos y condiciones, el texto del contrato de préstamo a celebrarse entre el Banco Interamerciano de Desarrollo y el Banco Industrial S.A., con garantía del Supremo Gobierno, con destino al financiamiento de proyectos de creación, ampliación y modernización de empresas industriales y turísticas del sector privado nacional, por la suma de SEIS MILLONES 00/ 100 DE DOLARES AMERICANOS ($us. 6.000.000.-), y DOS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL FRANCOS SUIZOS (F.S. 2.420.000.-) bajo los siguientes términos:
ARTÍCULO 2.- Autorízase al Ministro de Estado en la Cartera de Finanzas o al Embajador de Bolivia en Estados Unidos de América, en su caso, para que suscriba, en nombre del Gobierno de Bolivia, el respectivo contrato de garantía con el Banco Interamericano de Desarrollo, relativo al crédito referido en el Artículo anterior.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de agosto de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Gonzales Fuentes, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.