22 DE AGOSTO DE 1975 .- Expropiación de terrenos en Cochabamba para la construcción del Politécnico Militar de Aeronáutica.
DECRETO SUPREMO N° 12787
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, el Comando General de la Fuerza Aérea de Bolivia requiere trasladar el POLITECNICO MILITAR DE AERONAUTICA a Cochabamba, a fin de complementar el estudio teórico de sus alumnos con la enseñanza práctica en su “Maestranza Central” debiendo construir las dependencias e instalaciones que fueran necesarias con carácter de urgencia.
Que, teniendo en cuenta la proyección de tan importante obra que contribuye al desarrollo de aquel departamento y a la formación de profesionales técnicos que requiere el país, la necesidad y utilidad se justifica con la expropiación de los terrenos necesarios, de conformidad al Art. 22° de la Constitución Política del Estado.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Declárase de necesidad y utilidal pública la expropiación de los terrenos pertenecientes a Jorge H. Zabalaga Medrano, Andrés Padilla, Rómulo Herbas, Encarnación Revollo, Florencia O. de Salazar, Eliodoro Quiroga, Rosaura vda. de Pool, Saturnino Uribe, Calixto García, Andrés Almanza, Gumercinda vda. de Chambi, Modesto Chambi, Fermín Cardozo, Fructuoso Hidalgo, Martina Carrillo vda. de Zambrana, Francisco Villarroel, Luis Foronda, Daniel Núñez, Cecilio Ríos, Trinidad Tordoya, Dolores Ayala, Segunda Ayala, Gualberto Veizaga, Francisco Mendia, Aurelio Maldonado, María Sánchez, Fermín Alvarez, Cecilio Ríos, Juan Uribe, Ricardo Zambrana, Mario Almanza, y de los que resultaren dueños, en “SANTA ROSA”, jurisdicción de la Provincia de Quillacorrol, que partiendo por el Norte de la Av. “Blanco Galindo” se extiende al Sud hasta el camino antiguo Cochabamba-Quillacollo, con destino a la construcción de las instalaciones y dependencias del POLITECNICO MILITAR DE AERONAUTICA.
ARTÍCULO 2.- Encárgase el trámite de expropiación a la Prefectura del Departamento de Cochabamba, debiendo abonarse la indemnización por la Fuerza Aérea de Bolivia con cargo a su presupuesto de la presente gestión de acuerdo a los Arts. 4° y 19° de los D.D.S.S. Nos. 09304, y 10634, de 9 de julio de 1970 y de 15 de diciembre de 1972, respectivamente.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Defensa Nacional y del interior, Migración y Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de agosto de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gonzales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.