28 DE AGOSTO DE 1975 .- Apruébase el Convenio de Apertura de Crédito con el Banco Central do Brasil por la suma de $us. 10.000.000.— para el estudio del Polo de Desarrollo del Sudeste.
DECRETO SUPREMO N° 12797
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, en fecha 22 de mayo de 1974, el Gobierno de Bolivia y el Gobierno del Brasil han suscrito un Acuerdo de Cooperación y Complementación Industrial, el mismo que ha sido aprobado y ratificado mediante Decreto Supremo N° 11789 de fecha 12 de septiembre de 1974.
Que, dicho Acuerdo, en sus Artículos II y V, contempla un financiamiento del Gobierno del Brasil de $us. 10.000.000.- (Diez Millones de Dólares Americanos), en fondos de libre disponibilidad, con destino exclusivo a los estudios de los programas relativos al Polo de Desarrollo del Sudeste del país.
Que, para hacer efectivas las operaciones consigueintes, es necesario aprobar el Convenio de Apertura de Crédito celebrado entre el Gobierno de Bolivia, actuando a través de su Agente Financiero, el Banco Central de Bolivia, y el Banco Central do Brasil, y autorizar la suscripción del mismo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Apruébase en todas sus partes el Convenio de Apertura de Crédito celebrado entre el Gobierno de Bolivia, quien actuará a través del Banco Central de Bolivia en su calidad de Agente Financiero, y el Banco Central do Brasil, por la suma de Diez Millones de Dólares Americanos de libre disponibilidad ($us. 10.000.000.-), con destino exclusivo a la realización de estudios correspondientes de los programas referentes al Polo de Desarrollo del Sudeste del país, bajo las siguientes condiciones:
Plazo: 15 años, incluyendo 3 años de gracia.
Interés: 5% anual.
ARTÍCULO 2.- Autorízase al señor Ministro de Finanzas, para que actuando en nombre del Gobierno de Bolivia y al Banco Central de Bolivia, en su calidad de Agente Financiero, a suscribir el citado Convenio, que constituirá parte integrante del presente Decreto Supremo.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Culto y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de agosto de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Victor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.