28 DE AGOSTO DE 1975 .- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral por la suma de $b. 399.300.—.
DECRETO SUPREMO N° 12799
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Servicio Nacional de Formación de Mano de Obra (FOMO), en coordinación con el Instituto Boliviano de Turismo, Cámara Nacional de Hotelería y otras instituciones de diversa actividad, ha tomado a su cargo la atención de programas de enseñanza en distintas especialidades del Servicio, con el objeto de capacitar a trabajadores nacionales, tanto en La Paz, como en los Centros Regionales de Santa Cruz, Tarija, Cochabamba y Beni.
Que, para cumplir con los anteriores objetivos de formación de mano de obra, se hace necesario determinar la aprobación de un Presupuesto Adicional para le Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, con cargo a recursos originados en las transferencias corrientes al Sector Público otorgadas por el Ministerio de Finanzas, a fin de viabilizar a su vez, la transferencia de recursos en favor del Servicio Nacional de Formación de Mano de Obra, con sujeción al detalle de ingresos y egresos elaborado por la Dirección General de Presupuesto en función de las atribuciones que le confiere el D. S. N° 12262 de 24 de febrero de 1975.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral para su vigencia en la presente gestión fiscal, por la suma de TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS 00/100 PESOS BOLIBIANOS ($b. 399.300.-) de acuerdo al siguiente detalle:
Código | DESCRIPCION | Presupuesto Adicional 1975
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700 | TRANSFERENCIAS…………………………………. | 399.300.-
720 | Transferencias Corrientes al Sector Público………….. | 399.300.-
726 | 1.- Por Subsidios o Subvenciones…………………….. | 399.300.-
726 | Administración Descentralizada……………………… | 399.300.-
2.- Intituciones Públicas………………………………. | 399.300.-
Servicio Nacional de Mano de Obra (FOMO)………... | 399.300.-
TOTAL:……………………………………………….. | 399.300.-
ARTÍCULO SEGUNDO.- El Servicio Nacional de Formación de Mano de Obra, como Organismo receptor de la anterior transferencia, se sujetará al siguiente detalle de Ingresos y Egresos:
Código | Descripción | PROGRAMA 01 Educación Técnica | Actividad 01 Dirección Ejecutiva | Actividad 02 Centros Regionales | Presupuesto Adicional 1975
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109 | SERVICIOS PERSONALES…… | 399.300 | 42.900 | 355.400 | 399.300
120 | Empleados No Permanentes…………. | 399.300 | 42.900 | 355.400 | 399.300
Sueldos……………. | 374.200 | 40.500 | 333.700 | 374.200
Aguinaldos………… | 25.100 | 3.400 | 21.700 | 25.100
Totales:……… | 399.300 | 43.000 | 355.400 | 399.300
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Trabajo y Desarrollo Laboral, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de agosto de mil novecientos setenta y cinco.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.