29 DE AGOSTO DE 1975 .- Los servicios de Hidrometeorología de la Empresa Nal. de Electricidad pasan a cargo del Servicio Nal. dé Meteorología e Hidrología del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
DECRETO SUPREMO N° 12803
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, es de interés del Gobierno Nacional mejorar los servicios básicos de información hidrológica y meteorológica del país con objeto de contar con datos reales sobre aforos de los caudales de los ríos, frecuencia de precipitaciones pluviales, sedimentación y otros aspectos.
Que, el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología dependiente - del Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil cumplen con estas funciones y servicios en el territorio Nacional;
Que, paralelamente, la Empresa Nacional de Electricidad S. A., realiza similares labores, mediante la sección Hidrometeorología.
Que, es necesario centralizar estas actividades, encomendándolas a un solo organismo que bajo una sola Dirección ejecute la política del Gobierno, en función de los planes de desarrollo del país.
Que, la información producida por este organismo técnico debe estar orientada para prestar apoyo a los Planos de Desarrollo, proporcionando informes estadísticos completos a las distintas entidades o sectores interesados en obtenerla
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- A partir de la fecha, los servicios de Hidrometeorología que actualmente cumple la Empresa Nacional de Electricidad S. A., pasan a cargo del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología, dependiente del Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil.
ARTÍCULO 2.- La transferencia se realizará mediante el traspaso que ENDE hará al Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología de lo siguiente:
Instalaciones y puestos de aforo.
Laboratorio.
Equipo de oficina y muebles.
Personal de Dirección, hidromensores, aforadores y de servicios.
ARTÍCULO 3.- Todo el personal de dirección, hidromensores, aforadores y de servicios, del Departamento de Hidrometría de ENDE será liquidado con el pago de sus beneficios sociales por la Empresa Nacional de Electricidad S. A. y simultáneamente contratados por el Servicio Nacional de Meteorología e Hidhología, dependiente del Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil.
ARTÍCULO 4.- Con el objeto de asegurar la continuidad de operaciones hidrometeorológicas como consecuencia de esta inscorporación de servicios, a partir de la firma del presente Decreto Supremo, ENDE proporcionará al Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología la suma de $b. 200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS) con carácter mensual, hasta la finalización de la presente gestión económica fiscal. Para 1976, el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología consignará en su presupuesto las partidas que sean necesarias al sostenimiento de los indicados servicios.
ARTÍCULO 5.- El Director del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología en el plazo de 90 días, deberá elevar a consideración del Consejo Técnico Consultivo de dicho organismo, un Reglamento determinando las nuevas funciones del personal que se transfiere.
ARTÍCULO 6.- Para cubrir parte de sus gastos, el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología facturará, en base a valores aprobados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, los datos estadísticos que proporcione a las diferentes entidades públicas o privadas.
Los señores Ministros de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, y de Energía e Hidrocarburos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de agosto de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalarte, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.