29 DE AGOSTO DE 1975 .- Apruébase la adjudicación efectuaad por CBF para la provisión de maquinarias y equipo complemenlario destinados al Proyecto Agroindusirial "Gran Chaco" de Villamontes.
DECRETO SUPREMO N° 12822
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, en el mes de mayo del presente año, la Corporación Boliviana de Fomento convocó a licitación pública (N° 5/75) para la provisión de maquinaria y equipo complementario destinados al Complejo Agroindustrial “Gran Chaco” (Villamontes).
Que, dentro del plazo hábil señalado en la convocatoria presentaron propuestas las firmas importadoras: SICASUD LTDA., PRO-INDUS y TOYOTA BOLIVIANA LIMITADA.
Que, la Honorable Junta de Almonedas de CBF, luego de analizar los cuadros comparativos de las propuestas y considerar los informes, técnico, legal y económico presentados por su Comisión Calificadora de Propuestas, decidió por unanimidad en su reunión de fecha 3 de julio de 1975, adjudicar la provisión de maquinaria y equipo complementario para el Complejo Agroindustrial “Gran Chaco” (Villamontes) en la siguiente forma:
Items N° 1 y 3 (Grupo Generador y Compactadora de Suelos respectivamente). Desierta.
Item N° 2 (Retroexcavadora) a SICASUD Ltda. por el precio de Libras Esterlinas 11.086.62 (once mil ochenta y seis 62/100 libras esterlinas).
Item N° 4 (2 volquetas) a TOYOTA BOLIVIANA LIMITADA por el precio de $us. 25.500.- (veinticinco mil quinientos 00/100 dólares americanos).
Item N° 5 (4 tractores agrícolas y sus implementos) al precio unitario de $b. 420.200.- (cuatrocientos veinte mil doscientos 00/100 pesos bolivianos).
Item N: 5.1 (2 arados de 8 discos 26”) a SICASUD Ltda. por el precio unitario CIF Villamontes $b. 75.673.80 (setenta y cinco mil seiscientos setenta y tres 80/100 pesos bolivianos).
Item N° 5.2. (2 rastras) a SICASUD Ltda. el precio unitario FOB Frontera de $us. 5.202.- (cinco mil doscientos dos dólares americanos).
Item N° 5.3. (2 sebradoras) a SICASUD Ltda. por el precio unitario FOB frontera de $us. 3.750.- (tres mil setecientos cincenta 00/100 dólares americanos).
Item N° 5.4. (2 cultivadoras) a SICASUD Ltda. por el precio unitario FOS frontera de $us. 2.790.- (dos mil setecientos noventa 00/100 dólares americanos).
Que, conforme a disposiciones legales vigentes corresponde al Supremo Gobierno aprobar las adjudicaciones efectuadas por las empresas públicas descentralizadas y autorizarlas a suscribir los respectivos contratos.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase la adjudicación realizada por la Junta de Almonedas de CBF, para la provisión de maquinaria y equipo complementario destinados al Proyecto Agroindustrial “Gran Chaco” (Villamontes) en favor de las firmas importadoras nacionales SICASUD LTDA. y TOYOTA BOLIVIANA LIMITADA.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorízase a la Corporación Boliviana de Fomento a suscribir con los representantes legales de las firmas mencionadas los siguientes contratos:
Con la firma SICASUD Ltda. un contrato para la provisión de una retroexcavadora por el precio unitario CIF puerto Baires de Libras Esterlinas 11.086.62 (once mil ochenta y seis 62/100 libras esterlinas).
Con la firma SICASUD Ltda. un contrato para la provisión de 4 tractores agrícolas al precio unitario CIF Villamontes de $b. 420.200.00 (cuatrocientos veinte $b. mil doscientos 00/100 pesos bolivianos).
Con al firma SICASUD Ltda. un contrato para la provisión de los siguientes implementos para tractores: 2 arados al precio unitario CIF Villamontes de $b. 75.673.80 (setenta y cinco mil seiscientos setenta y tres 80/100 pesos bolivianos); 2 rastras a precio unitario FOB frontera de $us. 5.202.- (cinco mil doscientos dos dólares americanos); dos sembradoras al precio unitario FOB frontera de $us. 3.750.- (tres mil setencientos cincuenta 00/100 dólares americanos) dos cultivadoras al precio unitario FOB frontera de $us. 2.790.- (dos mil setecientes noventa 00/100 dólares americanos).
ARTÍCULO TERCERO.- Libérase a la Corporación Boliviana de Fomento del pago de todos los impuestos, derechos y tasas aduaneras para la importación de la maquinaria y equipo complementario destinados al Complejo Agroindustrial “Gran Chaco” Villamontes, incluyendo los derechos arancelario y adicional, la tasa retributiva por servicios prestados, el 5% del monto liberado, el 0.50% tributable a AADAA, el 1% pro desarrollo del Noroeste y otros.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas e Industria, Comercio y Turismo, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de agosto de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Benal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.