12 DE SEPTIEMBRE DE 1975 .- Autorizase a la H. Alcaldía de La Paz con carácter de excepción con tratar empresas constructoras para ejecución de obras de emergencia.
DECRETO SUPREMO N° 12848
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la ciudad de La Paz, a raíz del desborde de ríos y riachuelos, así como el deslizamiento de considerables volúmenes de tierra en diferentes zonas urbanas, se ha visto seriamente afectada durante los períodos de lluvias de los últimos años, habiéndose producido graves daños a las obras comunales, así como a las de propiedad privada;
Que, dada la proximidad de temporada lluviosa y a fin de evitar mayores desastres, es menester adoptar en forma inmediata las previsiones que permitan encarar la pronta iniciación de trabajo de emergencia;
Que, dicha emergencia, justifica adoptar medidas de carácter excepcional, liberando a la H. Alcaldía Municipal de La Paz, la obligación de convocar a licitación pública, y determinando la presentación de tres ofertas escritas, mediante invitaciones directas, para la viabilización de las obras comunales de urgencia.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorízase a la H. Alcaldía de La Paz, con carácter de excepción, contratar empresas constructoras legalmente establecidas, mediante invitación directa a un mínimo de tres firmas, para la ejecución de las siguientes obras, de emergencia, con cargo a sus propios recursos:
CANALIZACION
Reparación de riachuelos subterráneos.
Muros del río Orkojahuira - Sector Hospital de Clínicas.
Muros en el río Choqueyapu 6° 7° 8° y 9° sectores.
Río Orkojahuira - muros aleros de encauce en cuatro sectores.
Río Orkojahuira - muro lateral - Villa Armonía.
Río Orkojahuira - muro transversal, cuarto sector, cuarto centenario.
Río Orkojahuira - muro lateral - Villa San Antonio.
Riachuelo Uta Pulpera - zona Tejar.
Riachuelo San Pedro. Villa Nuevo Potosí.
Riachuelo Pokeri - muro, canal y vertederos.
Riachuelo Tacagua, muro transversal en cabecera.
Riachuelo Aguarani - muro transversal.
Riachuelo Collpajahuira - Obrajes -Alcantarilla.
Dos alcantarillas y canales en quebrada de Bolognia.
Riachuelo Venecia - Villa Copacabana - muros y canal.
Riachuelo Vizcachani - alcantarilla y canal.
Riachuelo Chapuma - muros en cabeceras y reparaciones.
Riachuelo Minasa - muros, calzaduras y reparaciones.
Riachuelo Calama - muros de canal.
Riachuelo Mejahuira - muro transversal.
Riachuelo Kota Huma - muros de refuerzo del puente.
Río Paz - muros deflectores.
Río Achumani - reparación vertederos.
Provisión de sillares 1.000 m2.
Adquisición malla de alambre - gaviones.
Quebradas Nueve de abril - alcantarillas y muros canal.
Reparaciones de emergencia imprevistas en diferentes zonas.
PAVIMENTACION
Adquisición de adoquines para varias calles, 10.000 mts2.
Empiedre calle J. Saravia.
Empiedre calle C. Ayllón (se recuperará 40%).
Empiedre y muros de mampostería calle O. Balderrama.
Empiedre Landaeta.
Muros de contención y adoquinado cordones y aceras, Plaza Juariste Equino.
GEOTECNIA.
Tres muros contención en Villa Ocho de Diciembre en río Kota Huma.
Muros en Av. Mejillones - Villa Armonía.
Muros contención en Villa San Juan -Guitarrani.
Muros contención en Av. Tejada Sorzano.
Drenajes y reparación en Av. del Ejército.
ALCANTARILLADO
Calle Max Peredes - colectores pluvial y sanitario.
Zona Mariscal Santa Cruz - colectores en varias calles.
Av. Kollasuyo - colector y drenajes.
Zona Tejar - colectores en varias calles.
Zona Alto Miraflores - colectores en varias calles.
Garita de Lima Nataniel Aguirre - Inca Chaca.
Sopocachi Alto - colectores Parque las Américas.
Calacoto - colector calle 19.
Zona Central - colectores calles Linares y Tarija.
Munaypata colectores Av. Las Américas y Calle San José.
El Alto - colectores en Av. Panamericana.
Alto Obrajes - colectores en varias calles.
ARTÍCULO 2.- Las obras descritas en el artículo anterior serán adjudicadas por los montos que arrojen los presupuestos oficiales previamente aprobados por la H, Municipalidad, y en los contratos respectivos intervendrán la Contraloría General de la República y la Fiscalía de Gobierno, debiendo insertarse en los mismos las cláusulas de seguridad y garantía de Ley.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos del Interior, Justicia y Migración y de Planeamiento y Coordinación quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan. Lechín Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.