03 DE OCTUBRE DE 1975 .- Autoriza al Ministerio de Finanzas el traspaso de $b. 10.000.000.— a través del Ministerio de Urbanismo y Vivienda para diferentes proyectos de inversión del Comité de Obras Públicas y Desarrollo del Beni (CODEBENI).
DECRETO SUPREMO Nº 12915
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Comité de Obras Públicas y Desarrollo del Beni (CODEBENI) para entrar en el ritmo de desarrollo previsto por el Supremo Gobierno en su Plan Operativo, tiene necesidad de poner en ejecución distintos proyectos de inversión que le permitan salir de su estancamiento actual, coordinando sus labores en forma orgánica con los demás departamentos de la República.
Que, practicada la correspondiente evaluación de requerimientos de (CODEBENI) por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Finanzas, se ha establecido la necesidad de autorizar una transferencia de Capital por la suma de $b. 10.000.000.- a través del Ministerio de Urbanismo y Vivienda para ejecutar los siguientes proyectos de inversión: Diseño Final Aguas Potables Riberalta $b. 1.000.000.- Pavimentación, Relleno y Desagüe Trinidad $b. 3.509.500.- Obras Urbanísticas en Provincias $b. 1.800.000.- Plan Regulador Trinidad $b 158.000.- Reparaciones Escolares $b. 450.000.- Construcción Hospital Loretto $b. 230.000.- Estudio Consultora Villa Banzer Suárez $b. 140.000.- Consultora de Acompañamiento $b. 1.300.000.- y Administración General (Contratación Personal Técnico) $b. 1.412.500.-
Que, para viabilizar la ejecución de los referidos proyectos en la presente gestión fiscal, se hace necesario aprobar la merituada transferencia de recursos del Ministerio de Finanzas al Ministerio de Urbanismo y Vivienda en base a un traspaso previo de fondos de Transferencia Corrientes y transferencia de Capital, determinando a su vez el detalle de ingresos y egresos a los que debe sujetarse CODEBENI como Organismo Receptor de la transferencia y ejecutor de los proyectos con los detalles elaborados por la Dirección General de Presupuesto en función de las atribuciones conferidas por el Art. 170 del D.S. N° 12262 de 24 de febrero de 1975.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Ministerio de Finanzas para que dentro de su Presupuesto vigente realice, un traspaso de fondos por la suma de DIEZ MILLONES 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 10.000.000.-) de acuerdo al siguiente detalle:
PARA EL MINISTERIO DE FINANZAS
T R A S P A S O
700 | TRANSFERENCIAS……………………………………………. | 10.000.000.-
720 | Transferencias Corriente al Sector Público………………………. | 10.000.000.-
725 | B: Por Subsidios o Subvenciones Administración Central………………………………………….. | 10.000.000.-
2.- Ministerios de Estado Ministerio de Finanzas…………………………………….. | 10.000.000.-
A: | T o t a l……………………………………………………….. | 10.000.000.-
700 | TRANSFERENCIAS……………………………………………. | 10.000.000.-
730 | Transferencias de Capital al Sector Público……………………... | 10.000.000.-
731 | Administración Central………………………………………….. | 10.000.000.-
2.- Ministerio de Estado Ministerio de Urbanismo y Vivienda……………………… | 10.000.000.-
T o t a l…………………....... | 10.000.000.-
ARTÍCULO 2.- Apruébase la trasferencia de Ministerio de Finanzas al Ministerio de Urbanismo y Vivienda para su vigencia en la presente gestión fiscal por la suma de DIEZ MILLONES 00/100 DE PESOS BOLIVIANOS ($b. 10.000.000.-), de acuerdo al siguiente detalle:
PARA EL MINISTERIO DE URBANISMO Y VIVIENDA
I N G R E S O S
(En pesos bolivianos)
Financiamiento por Origen de los Recursos:
Código | F u e n t e | Presupuesto Adicional
---|---|---
I | NACIONALES……………………………………………. | 10.000.000.-
4.- | Transferencias……………………………………………… | 10.000.000.-
B. Por Subsidios o Subvenciones 2.- Ministerios de Estado Ministerios de Finanzas…………………………………. | 10.000.000.-
T o t a l :……………………………….. | 10.000.000.-
E G R E S O S
(En Pesos Bolivianos)
Clasificación por Objeto del Gasto:
Código | D e s c r i p c i ó n | Presupuesto Adicional 1975
---|---|---
700 | TRANSFERENCIAS………………………………………... | 10.000.000.-
730 | Transferencias de Capital al Sector Público………………….. | 10.000.000.-
732 | Administración Descentralizada…………………………….. | 10.000.000.-
1.- Corporaciones de Desarrollo Comité de Obras Públicas y Desarrollo de Beni………………………………………………………. | 10.000.000.-
T o t a l……………………………………………….... | 10.000.000.-
ARTÍCULO 3.- El Comité de Obras Públicas y Desarrollo del Beni, como Organismo receptor de la anterior transferencia y ejecutor de los proyectos señalados, se sujetará en sus gastos al siguiente detalle:
PARA EL COMITE DE OBRAS PUBLICAS Y DESARROLLO
DEL BENI
I N G R E S O S
(En pesos bolivianos)
Financiamiento por Origen de los Recursos:
Código | F u e n t e | Presupuesto Adicional 1975
---|---|---
I | NACIONALES...………………………………………….. | 10.000.000.-
4.- | Transferencias……………………………………………… | 10.000.000.-
B. Por Subsidios de Subvenciones………………………… | 10.000.000.-
2.- Ministros de Estado…………………………………….. | 10.000.000.-
Ministros de Urbanismo y Vivienda……………………. | 10.000.000.-
T o t a l: …………………………………………….. | 10.000.000.-
Clasificación por Objeto y Gasto: E G R E S O S
Código D E S C R I P C ION | Programa 02 Obras Públicas | Proyecto 01 Ejecución y Control de Proyectos | Proyecto 03 Agua Potable Riberalta | Proyecto 04 Pavimen- tación Relleno y Drenaje Trinidad | Proyecto 05 Obras Ur- banísticas Provincia- les | Proyecto 06 Plan Re- guiador Trinidad | Proyecto 07 Refacción Edificios Escolares | Proyecto 08 Construc- ción Hospital Loreto | Proyecto 09 Consulto- ría Villa Banzer | Proyecto 10 Consulría de Acompañamiento
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---
10 Servicios Personales | 1.412.500 | 1.412.500 | ............... | ............... | ............... | ............... | ............... | ............... | ............... | ...............
120 Empleados No Permanentes | 1.412.500 | 1.412.500 | ............... | ............... | ............... | ............... | ............... | ............... | ............... | ...............
200 Servicios No Personales | 2.598.000 | ............... | 1.000.000 | ............... | ............ | 158.000 | 140.000 | 1.300.000
270 Servicios Profesionales y Comerciales | 2.598.000 | ............... | 1.000.000 | ............... | ............ | 158.000 | 140.000 | 1.300.000
273 Estudios, Investigaciones y
Proyectos | 2.598.000 | ............... | 1.000.000 | ............... | ............ | 158.000 | 140.000 | 1.300.000
400 Activos Fijos y
Financieros | 5.989.500 | ............... | ............... | 3.509.500 | 1.800.000 | 450.000 | 230.000
410 Inmobiliarios | 5.989.500 | ............... | ............... | 3.509.500 | 1.800.000 | 450.000 | 230.000
413 Const. de Edificios | 230.000 | ............... | ............... | 230.000
414 Reformas de Edificios | 450.000 | ............... | ............... | 450.000
418 Obras Hidráulicas y | ............... | ...............
Sanitarias | 3.509.500 | ............... | ............... | 3.509.500
420 Otras Construcciones | 1.800.000 | ............... | ............... | 1.800.000
TOTALES | 10.000.000 | 1.412.500 | 1.100.000 | 3.509.500 | 1.800.000 | 158.000 | 450.000 | 230.000 | 140.000 | 1.300.000
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Urbanismo y Vivienda quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de octubre de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles, Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.