03 DE OCTUBRE DE 1975 .- Cede en propiedad a la Congregación Religiosa del "Buen Pastor" 5.200 m2. de terreno contiguo a la Cárcel de Mujeres, en la zona de Obrajes de La Paz.
DECRETO SUPREMO N° 12932
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, mediante los Decretos Supremos Nos. 4501 y 4671 en fecha 27 de septiembre de 1956 y 17 de junio de 1957, se determinó por causas de necesidad y utilidad públicas la expropiación en favor del Ministerio del Interior, Migración y Justicia y con destino a la construcción de la Cárcel de Mujeres de la chacarilla de pertenencia de María Isaura Miranda, coz una extensión superficial de 7.716 mts2. ubicados en la zona de Obrajes de esta ciudad, adquiriendo de este modo el referido Ministerio derecho propietario sobre el indicado inmueble.
Que, la Congregación Religiosa del “Buen Pastor” en la parte lateral derecha de la Cárcel de Mujeres y con autorización del entonces Presidente de la República Gral. René Barrientos Ortuño y ex-Ministro de Gobierno Cap. David Fernández, procedió a construir por su cuenta un edificio de tres pisos destinado al Instituto Villa María y otras oficinas en terrenos propios del Ministerio y efectuado otras mejoras y remodelaciones en la Cárcel de Mujeres.
Que, en atención a la labor desplegada por la Congregación Religiosa del “Buen Pastor”, y a las cordiales y tradicionales relaciones existentes entre el Estado y la Iglesia, se hace necesario compensarle con parte del referido terreno.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Cédese en propiedad de la Congregación Religiosa del “Buen Pastor”, la extensión de 5.200 mts2. de terreno situado en la parte posterior y contigua a la Cárcel de Mujeres, terrenos en los que se hallan comprendidos un edificio del Instituto “Villa María” y otras construcciones efectuadas con recursos propios de la misma Congregación Religiosa.
ARTÍCULO 2.- La cesión anterior se la autoriza como compensación de la edificación nueva de tres pisos y dependencias, mejoras y remodelaciones efectuadas por la Congregación Religiosa del “Buen Pastor” en la Cárcel de Mujeres, con recursos propios, las que quedarán en propiedad del Ministerio del Interior, Migración y Justicia, con destino a la ampliación de la Cárcel de Mujeres, que juntamente con los terrenos que posee, hacen un total de 2.516 mts2.
ARTÍCULO 3.- Se autoriza la suscripción de la escritura pública traslativa de dominio en las que se establecerá colindancias y otros datos que sean necesarios, con intervención de la Contraloría General de la República y Fiscalía de Gobierno.
ARTÍCULO 4.- Exonérase de los impuestos nacionales, departamentales y municipales, los actos relativos a la compensación determinada.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos del Interior, Migración y Justicia y Finanzaz, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de octubre de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramirez, Víctor Gomales Fuentes, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Wálter Núñez Rivero.