15 DE OCTUBRE DE 1975 .- Constituye una Junta Especial de Adquisiciones para la instalación de una Estación Terrena para Comunicaciones por Satélite a cargo de ENTEL.
DECRETO SUPREMO N° 12967
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, las normas de nuestro ordenamiento jurídico debe adecuarse a los proyectos de desarrollo, estableciendo procedimientos que agilicen y al mismo tiempo garanticen los fines y objetivos de las instituciones encargadas de su ejecución.
Que, la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (ENTEL), ha elaborado un estudio de factibilidad técnica-económica que demuestra la conveniencia de instalar en el país, una Estación Terrena para Comunicaciones por Satélite, proyecto que ha sido aprobado mediante Decreto Supremo N° 12051 de fecha 19 de diciembre de 1974, autorizando expresamente en su Art. 2°, la convocatoria a Licitación Internacional.
Que, ENTEL ha obtenido del Supremo Gobierno de la Nación a través de la Corporación Andina de Fomento, financiamiento para la instalación de la mencionada Estación Terrena, que ha sido aprobado mediante D. S. N° 12559 de fecha 4 de junio de 1975.
Que, es necesario complementar el D. S. N° 11827 de fecha 27 de septiembre de 1974, Art. 1° inciso c), referente a la composición de la Junta de Licitaciones para la adquisición y la instalación de la Estación Terrena para Comunicaciones.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Se constituye una Junta Especial de Adquisiciones integrada por el señor Ministro de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, como Presidente y como Vocales los siguientes Miembros:
Un Representante de la Presidencia de la República.
Un Representante del Ministerio de Planeamiento y Coordinación.
Un Representante del Ministerio de Finanzas.
Un Representante del Instituto de Financiamiento Externo.
Un Representante de la Contraloría General de la República.
El Fiscal de Gobierno.
Un Representante del Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil.
El Director General de Telecomunicaciones.
Un Representante de ENTEL.
El Asesor Legal de Comunicaciones, del Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El señor Asesor Legal de Comunicaciones del Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, solamente tendrá derecho a voz por su carácter de Asesor, y actuará como Secretario.
ARTÍCULO TERCERO.- La Junta Especial de Adquisiciones estará encargada de la apertura, calificación y adjudicación de propuestas para adquirir equipos, accesorios y materiales destinados a la instalación de una Estación Terrena de Comunicaciones Vía Satélite, cuidando de que las adjudicaciones sean otorgadas a las empresas que ofrezcan mejores condiciones técnicas y financieras en beneficio de los intereses del Estado.
ARTÍCULO CUARTO.- La Junta Especial de Adquisiciones deberá requerir el asesoramiento de los expertos contratados por ENTEL a través de la Corporación Andina de Fomento y de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, así como de otros organismos técnicos que se considere necesarios.
Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de octubre de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Víctor Gonzáles Fuentes, Guillermo Jiménez Gallo, Alberto Natusch Busch, Julio Trigo Ramírez, José Antonio Zelaya Salinas, Mario Vargas Salinas, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero.