16 DE OCTUBRE DE 1975 .- Declara de necesidad y utilidad pública varios inmuebles de la ciudad de Potosí, con deslino a la ampliación de la Universidad Mayor "Tomás Frías" de Potosí.
DECRETO SUPREMO N° 12969
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, la Universidad Boliviana Mayor “TOMAS FRIAS” de Potosí, está al servicio de la comunidad y tiene como misión fundamental promover el desarrollo cultural, científico y tecnológico para la formación de profesionales competentes requeridos por el país conforme a la Ley Fundamental de la Universidad Boliviana.
Que, las necesidades de la Universidad son cada día más apremiantes por la creciente población Universitaria Potosina así como del interior de la República, su capital y provincias, por lo que es imprescindible ampliarla con la construcción de aulas, dependencias y laboratorios contiguos a su edificio central y además de la ampliación del albergue y construcción de un comedor para universitarios.
Que, en la Avenida Serrudo de la ciudad de Potosí, colindantes al edificio universitario y albergue existen varios inmuebles apropiados para la indicada y urgente ampliación.
Que, la Constitución Política del Estado señala que “La educación es la más alta función del Estado” y faculta al Gobierno la expropiación de propiedades que fuesen de necesidad y utilidad pública para impulsar la educación en todos sus niveles.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Se declara la necesidad y utilidad pública, la expropiación total de los inmuebles de la ciudad de Potosí, marcados actualmente con los números 188, 196, 208, 180, 172 y 165 de los que Figuran como propietarios en la Oficina Distrital de Catastro Urbano, los señores Elías Roncal Otálora, Víctor Méndez Escóbar, Carlos Morodías, Choque, Víctor Abostoflor, Julio Mariscal Chacón y Félix Mariscal; con destino a la ampliación de la Universidad Boliviana Mayor “TOMAS FRIAS” de Potosí.
ARTÍCULO 2.- El valor del importe de la expropiación, será cancelado con fondos propios de la Universidad Boliviana Mayor “TOMAS FRIAS”, en la base de avalúo practicado por la Oficina Distrital de Catastro Urbano de Potosí.
ARTÍCULO 3.- La Prefectura del Departamento de Potosí, organizará el respectivo proceso administrativo para la expropiación de los inmuebles, de conformidad a lo preceptuado por el Decreto de 4 de abril de 1879 elevado a rango de Ley por la de 30 de diciembre de 1884.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Planeamiento y Coordinación, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciseis días del mes de octubre de mil novecientos setenta y cinco años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Víctor Castillo Suárez, Alberto Natusch Busch, Mario Vargas Salinas, Julio Trigo Ramírez, Víctor Gonzáles Fuentes, José Antonio Zelaya Salinas, Jorge Torres Navarro, Walter Núñez Rivero, Guillermo Jiménez Gallo.